Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024063668)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para el equipamiento de consultorios locales de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2024.
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NÚMERO 213
Jueves 31 de octubre de 2024
57124
No obstante, con la modificación operada por el Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad
Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de
juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se da una
nueva redacción al artículo 23, que habilita a que el decreto que establezca las bases reguladoras pueda recoger la primera o única convocatoria.
De este modo, en el Decreto 57/2024, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras, se aprueba la primera convocatoria pública para la concesión de subvenciones a otorgar para el equipamiento de consultorios locales de titularidad o disponibilidad municipal de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024, publicado el 8 de julio de 2024.
La convocatoria de las subvenciones abre el plazo de 7 días hábiles para la presentación de
solicitudes y determina el importe del crédito con el que se dota a la convocatoria. En este
caso, de acuerdo con el apartado sexto de la disposición adicional segunda el importe del
crédito es de doscientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y nueve con noventa y nueve
euros (275.789,99 euros) con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
En virtud de los anteriores hechos y fundamentos de derecho, de conformidad con la propuesta de Resolución de 23 de octubre de 2024 y en el ejercicio de la delegación de competencias
prevista en la Resolución de 25 de septiembre de 2023,
RESUELVO:
Primero. Conceder subvenciones para el equipamiento de consultorios locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades relacionadas en el anexo I, de conformidad
con lo recogido en el informe de la Comisión de Valoración de 23 de octubre de 2024, con
indicación de la cuantía individualizada, por un importe total imputado al ejercicio económico
2024 de doscientos catorce mil sesenta con cincuenta y ocho céntimos (214.060,58 €).
Segundo. La concesión de la subvención queda sujeta a las siguientes condiciones y compromisos, aplicables conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras de las subvenciones,
así como en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura:
1. L
as obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de las subvenciones de acuerdo con
lo recogido en el artículo 7 del Decreto 57/2024, de 26 de junio, son las siguientes:
a) Ejecutar el proyecto o actuación que fundamenta la concesión de la subvención en la
forma, condiciones y plazos establecidos en el Decreto 57/2024, de 26 de junio.
Jueves 31 de octubre de 2024
57124
No obstante, con la modificación operada por el Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad
Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de
juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se da una
nueva redacción al artículo 23, que habilita a que el decreto que establezca las bases reguladoras pueda recoger la primera o única convocatoria.
De este modo, en el Decreto 57/2024, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras, se aprueba la primera convocatoria pública para la concesión de subvenciones a otorgar para el equipamiento de consultorios locales de titularidad o disponibilidad municipal de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024, publicado el 8 de julio de 2024.
La convocatoria de las subvenciones abre el plazo de 7 días hábiles para la presentación de
solicitudes y determina el importe del crédito con el que se dota a la convocatoria. En este
caso, de acuerdo con el apartado sexto de la disposición adicional segunda el importe del
crédito es de doscientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y nueve con noventa y nueve
euros (275.789,99 euros) con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
En virtud de los anteriores hechos y fundamentos de derecho, de conformidad con la propuesta de Resolución de 23 de octubre de 2024 y en el ejercicio de la delegación de competencias
prevista en la Resolución de 25 de septiembre de 2023,
RESUELVO:
Primero. Conceder subvenciones para el equipamiento de consultorios locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades relacionadas en el anexo I, de conformidad
con lo recogido en el informe de la Comisión de Valoración de 23 de octubre de 2024, con
indicación de la cuantía individualizada, por un importe total imputado al ejercicio económico
2024 de doscientos catorce mil sesenta con cincuenta y ocho céntimos (214.060,58 €).
Segundo. La concesión de la subvención queda sujeta a las siguientes condiciones y compromisos, aplicables conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras de las subvenciones,
así como en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura:
1. L
as obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de las subvenciones de acuerdo con
lo recogido en el artículo 7 del Decreto 57/2024, de 26 de junio, son las siguientes:
a) Ejecutar el proyecto o actuación que fundamenta la concesión de la subvención en la
forma, condiciones y plazos establecidos en el Decreto 57/2024, de 26 de junio.