Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024063623)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, de concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura a través del Instituto de Investigación en Tecnologías Informáticas Aplicadas de Extremadura (INTIA) para financiar el desarrollo del Plan de Generación del Talento Digital en la anualidad 2024.
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NÚMERO 211
56392
Martes 29 de octubre de 2024
Anualidad
Centro Gestor
Clasif. Económica
Proyecto
Fondo
Importe
2024
14005
G/332A/43200
20240274
CAG0000001
800.000,00 €
Noveno. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones de las actividades subvencionadas será desde el 1 de
junio de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.
En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución de concesión, el INTIA
de la Universidad de Extremadura deberá aportar la Memoria Técnica de Planificación del Programa a desarrollar recogiendo de forma detallada los aspectos contemplados en los resuelvo
sexto y séptimo.
Décimo. Pago de la subvención.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta facilitada por el beneficiario a estos efectos. Con carácter general, el pago de esta subvención se hará efectivo de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Publica de Extremadura.
La Universidad de Extremadura deberá aceptar la resolución de concesión de subvención mediante escrito dirigido a la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad en el
plazo máximo de diez días a contar desde la notificación de ésta. No obstante, si transcurre el
plazo establecido sin haberla aceptado expresamente, se entenderá que renuncia a la misma.
Previamente a cada uno de los pagos de la subvención, la entidad beneficiará deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Una vez dictada la resolución, y aceptada ésta por el beneficiario, el pago de la subvención se
hará efectivo de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de 120.000,00€, equivalente al 15 por ciento del total de la
subvención, que se hará efectivo a la recepción de la aceptación de la concesión. Previamente debe estar entregada y validada por la Secretaría General de Transformación
Digital y Ciberseguridad la Memoria Técnica de Planificación a la que hace referencia el
resuelvo noveno de la resolución.
— Un segundo y último pago del 85 por ciento del total de la subvención, por importe de
680.000,00€ en el mes de diciembre de 2024, una vez justificada la realización de al
menos el 15% de las actividades formativas, así como de los gastos y pagos realizados
por al menos el mismo porcentaje. Dicha justificación deberá aportarse antes del 15 de
diciembre de 2024.
56392
Martes 29 de octubre de 2024
Anualidad
Centro Gestor
Clasif. Económica
Proyecto
Fondo
Importe
2024
14005
G/332A/43200
20240274
CAG0000001
800.000,00 €
Noveno. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones de las actividades subvencionadas será desde el 1 de
junio de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.
En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución de concesión, el INTIA
de la Universidad de Extremadura deberá aportar la Memoria Técnica de Planificación del Programa a desarrollar recogiendo de forma detallada los aspectos contemplados en los resuelvo
sexto y séptimo.
Décimo. Pago de la subvención.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta facilitada por el beneficiario a estos efectos. Con carácter general, el pago de esta subvención se hará efectivo de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Publica de Extremadura.
La Universidad de Extremadura deberá aceptar la resolución de concesión de subvención mediante escrito dirigido a la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad en el
plazo máximo de diez días a contar desde la notificación de ésta. No obstante, si transcurre el
plazo establecido sin haberla aceptado expresamente, se entenderá que renuncia a la misma.
Previamente a cada uno de los pagos de la subvención, la entidad beneficiará deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Una vez dictada la resolución, y aceptada ésta por el beneficiario, el pago de la subvención se
hará efectivo de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de 120.000,00€, equivalente al 15 por ciento del total de la
subvención, que se hará efectivo a la recepción de la aceptación de la concesión. Previamente debe estar entregada y validada por la Secretaría General de Transformación
Digital y Ciberseguridad la Memoria Técnica de Planificación a la que hace referencia el
resuelvo noveno de la resolución.
— Un segundo y último pago del 85 por ciento del total de la subvención, por importe de
680.000,00€ en el mes de diciembre de 2024, una vez justificada la realización de al
menos el 15% de las actividades formativas, así como de los gastos y pagos realizados
por al menos el mismo porcentaje. Dicha justificación deberá aportarse antes del 15 de
diciembre de 2024.