Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024063622)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres para financiar el desarrollo del Plan de Generación de Talento Digital en la anualidad 2024.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56365
La conjunción de los tres aspectos reseñados: implantación y acceso directo a todo el territorio regional, tanto urbano como rural, una extensa experiencia en actividades formativas
y un conocimiento experto de la realidad empresarial de Extremadura, configuran a la Cámara de Comercio de Cáceres como una entidad única y completamente idónea para cumplir
con los objetivos establecidos en esta ayuda para llevar a cabo actuaciones de capacitación
del talento digital de la población en todo el territorio provincial, que van a repercutir en la
cualificación profesional y mejora de la empleabilidad, además de contribuir a fomentar la
actividad económica, impulsar la renovación productiva y propiciar la innovación social y la
transformación digital de los territorios más afectados por la transformación económica y los
cambios demográficos sucedidos en los últimos años.
Todo lo expuesto configura la singularidad de la Cámara de Comercio de Cáceres, elemento
determinante que motiva la concesión de forma directa de esta subvención, en concordancia
con lo expuesto en el párrafo a) del apartado primero del artículo 32 de la misma norma, que
señala que se consideran supuestos excepcionales de concesión directa aquellos casos en los
que, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o a las especiales
características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia publica y siempre que
se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
No es posible encontrar en la región otras entidades en las que confluyan los tres aspectos
reseñados: cobertura de todo el territorio provincial, contrastada experiencia formadora en
contenidos digitales y conocimiento experto de la realidad empresarial. Este hecho justifica la
exclusión de concurrencia y la concesión de subvención directa a la Cámara Oficial de Comercio de Cáceres para el desarrollo de una iniciativa de alto interés público y económico como
es el Plan de Generacion del Talento Digital.
Quinto. Publicidad de la subvención.
La subvención concedida será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme
a la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se
notificará a la Intervención General de la Administración del Estado la subvención concedida
para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de los proyectos objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado la colaboración de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de
Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Martes 29 de octubre de 2024
56365
La conjunción de los tres aspectos reseñados: implantación y acceso directo a todo el territorio regional, tanto urbano como rural, una extensa experiencia en actividades formativas
y un conocimiento experto de la realidad empresarial de Extremadura, configuran a la Cámara de Comercio de Cáceres como una entidad única y completamente idónea para cumplir
con los objetivos establecidos en esta ayuda para llevar a cabo actuaciones de capacitación
del talento digital de la población en todo el territorio provincial, que van a repercutir en la
cualificación profesional y mejora de la empleabilidad, además de contribuir a fomentar la
actividad económica, impulsar la renovación productiva y propiciar la innovación social y la
transformación digital de los territorios más afectados por la transformación económica y los
cambios demográficos sucedidos en los últimos años.
Todo lo expuesto configura la singularidad de la Cámara de Comercio de Cáceres, elemento
determinante que motiva la concesión de forma directa de esta subvención, en concordancia
con lo expuesto en el párrafo a) del apartado primero del artículo 32 de la misma norma, que
señala que se consideran supuestos excepcionales de concesión directa aquellos casos en los
que, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o a las especiales
características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia publica y siempre que
se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
No es posible encontrar en la región otras entidades en las que confluyan los tres aspectos
reseñados: cobertura de todo el territorio provincial, contrastada experiencia formadora en
contenidos digitales y conocimiento experto de la realidad empresarial. Este hecho justifica la
exclusión de concurrencia y la concesión de subvención directa a la Cámara Oficial de Comercio de Cáceres para el desarrollo de una iniciativa de alto interés público y económico como
es el Plan de Generacion del Talento Digital.
Quinto. Publicidad de la subvención.
La subvención concedida será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme
a la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se
notificará a la Intervención General de la Administración del Estado la subvención concedida
para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de los proyectos objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado la colaboración de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de
Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.