Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024063618)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para financiar el desarrollo del Plan de Generación de Talento Digital en la anualidad 2024.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024

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las actuaciones, destinatarios, etc). y/o de los importes consignados en el presupuesto aportado junto con dicha Memoria, requerirán la autorización expresa por parte de la Secretaria
General de Transformación Digital y Ciberseguridad, previa comunicación por parte de la entidad beneficiaria, realizada con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos. No podrán efectuarse modificaciones que alteren sustancialmente las condiciones
de aprobación de las actuaciones o del presupuesto previsto para su ejecución. No obstante,
se admitirán compensaciones entre las partidas asignadas a cada actuación, siempre que en
su conjunto no superen el 10% del importe total presupuestado para cada partida. En ningún
caso las modificaciones previstas en este apartado supondrán un incremento de la cuantía de
la subvención.
Décimo sexto. Régimen jurídico aplicable.
La presente subvención se regirá por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, así como por las restantes normas de derecho
administrativo que resulten de aplicación.
Décimo séptimo. Régimen de compatibilidad con la subvención.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no superen las
cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha
cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.
Décimo octavo. Aceptación de la resolución de concesión de subvención.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz deberá aceptar la resolución
de concesión de subvención mediante escrito dirigido a la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, en el plazo máximo de diez días a contar desde la notificación de
la misma, transcurrido el cual sin haberla aceptado expresamente, se entenderá que renuncia
a la misma.
Décimo noveno. Recurso.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó el acto o ante la persona titular de
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes a contar