Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063600)
Resolución de 20 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento y transferencia de residuos inertes y no peligrosos promovido por Bosque Urbano, SL, en el término municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56291
viembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones
de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
d. P
lan de restauración.
— Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra
distinta, deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas para el nuevo aprovechamiento.
— En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original.
e. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
— El promotor deberá elaborar anualmente un programa de vigilancia ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
— El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras estará en contacto con los técnicos Dirección General de Sostenibilidad y con los Agentes
del Medio Natural, y presentará los correspondientes informes de seguimiento, además
de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
— El programa de vigilancia ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios
como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los informes inicial, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán para tratar
cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en la obra.
• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha, estado general de la restauración, incidencias..)..
• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman
el condicionado del presente informe.
• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.
Martes 29 de octubre de 2024
56291
viembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones
de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
d. P
lan de restauración.
— Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra
distinta, deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas para el nuevo aprovechamiento.
— En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original.
e. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
— El promotor deberá elaborar anualmente un programa de vigilancia ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
— El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras estará en contacto con los técnicos Dirección General de Sostenibilidad y con los Agentes
del Medio Natural, y presentará los correspondientes informes de seguimiento, además
de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
— El programa de vigilancia ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios
como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los informes inicial, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán para tratar
cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en la obra.
• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha, estado general de la restauración, incidencias..)..
• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman
el condicionado del presente informe.
• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.