Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063601)
Resolución de 20 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil promovido por Alfotrailer, SL, en el término municipal de Almendralejo.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56306
2. S
e limitan las luminarias cuyas características de orientación, intensidad, cierre y apantallamiento puedan ocasionar deslumbramiento o intrusión lumínica. No se permiten las
luminarias con flujo de hemisferio superior.
3. L
as instalaciones contarán con 2 foco tipo LED de 50W cada uno para el alumbrado exterior,
lo que hace una potencia total instalada de 100W.
-f- Plazo de ejecución.
1. E
n el caso de que el proyecto o actividad ampliada no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la
DGS previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido
en el artículo 23.a). de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir a
la DGS solicitud de inicio de la actividad ampliada según lo dispuesto en el artículo 19 de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
— La licencia de obras.
— La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
— Acreditación de la constitución del seguro de responsabilidad civil y de la fianza.
— La documentación que acredite el cumplimiento de la constitución de la garantía financiera obligatoria, regulada por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
Medioambiental.
— Acreditación de que se ha llevado a cabo las actuaciones descritas para la correcta valorización de residuos en el complejo industrial
— Acreditación del cumplimiento de los niveles de recepción externa de ruidos. A tal efecto
deberá presentarse el informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
— La autorización municipal de vertidos a la red de saneamiento de Almendralejo.
Martes 29 de octubre de 2024
56306
2. S
e limitan las luminarias cuyas características de orientación, intensidad, cierre y apantallamiento puedan ocasionar deslumbramiento o intrusión lumínica. No se permiten las
luminarias con flujo de hemisferio superior.
3. L
as instalaciones contarán con 2 foco tipo LED de 50W cada uno para el alumbrado exterior,
lo que hace una potencia total instalada de 100W.
-f- Plazo de ejecución.
1. E
n el caso de que el proyecto o actividad ampliada no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la
DGS previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido
en el artículo 23.a). de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir a
la DGS solicitud de inicio de la actividad ampliada según lo dispuesto en el artículo 19 de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
— La licencia de obras.
— La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
— Acreditación de la constitución del seguro de responsabilidad civil y de la fianza.
— La documentación que acredite el cumplimiento de la constitución de la garantía financiera obligatoria, regulada por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
Medioambiental.
— Acreditación de que se ha llevado a cabo las actuaciones descritas para la correcta valorización de residuos en el complejo industrial
— Acreditación del cumplimiento de los niveles de recepción externa de ruidos. A tal efecto
deberá presentarse el informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
— La autorización municipal de vertidos a la red de saneamiento de Almendralejo.