Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063632)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 Computaex: Centro Demostrador de Gemelos Digitales", en los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea- Next Generation Eu.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55742
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso,
la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15
días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio. La parte que la dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa
de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades que se estuvieran
ejecutando que deberán ser realizadas hasta su completa finalización, a plena satisfacción de
la Junta de Extremadura, salvo por causas no imputables a la Fundación COMPUTAEX.
Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante
la otra con una antelación mínima de un mes a la fecha en que desee dar por finalizado el
presente Convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación
completa de las actividades que estén en ejecución.
Decimotercera. Información y Publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad
de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con
una declaración de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto al logotipo del PRTR, disponible en el link
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según
Lunes 28 de octubre de 2024
55742
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso,
la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15
días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio. La parte que la dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa
de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades que se estuvieran
ejecutando que deberán ser realizadas hasta su completa finalización, a plena satisfacción de
la Junta de Extremadura, salvo por causas no imputables a la Fundación COMPUTAEX.
Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante
la otra con una antelación mínima de un mes a la fecha en que desee dar por finalizado el
presente Convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación
completa de las actividades que estén en ejecución.
Decimotercera. Información y Publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad
de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con
una declaración de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto al logotipo del PRTR, disponible en el link
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según