Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063632)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 Computaex: Centro Demostrador de Gemelos Digitales", en los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea- Next Generation Eu.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55741
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar la Fundación COMPUTAEX, la disponibilidad de la información.
f) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones
firmantes.
g) Elevación a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
h) C
ualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
La constitución del la Comisión tendrá lugar en el plazo de un mes, desde la firma del presente
Convenio. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde y en su caso, a instancia
de cualquiera de las entidades que suscriben el presente Convenio, debiendo comunicarlo a la
otra parte con una antelación mínima de diez días. Dichas reuniones podrán ser presenciales
o a través de sistemas de videoconferencia según acuerden las partes.
Los acuerdos de la Comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el/la presidente/a
de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
Undécima. Eficacia y duración.
La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes.
Finalizado el plazo de ejecución de 18 meses de las actividades afectas al Convenio, éste
seguirá desplegando sus efectos hasta el 10 de diciembre de 2025, fecha en que concluye el
plazo para la presentación de los gastos pendientes de justificar.
Duodécima. Causas de resolución y efectos de esta.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
Lunes 28 de octubre de 2024
55741
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar la Fundación COMPUTAEX, la disponibilidad de la información.
f) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones
firmantes.
g) Elevación a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
h) C
ualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
La constitución del la Comisión tendrá lugar en el plazo de un mes, desde la firma del presente
Convenio. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde y en su caso, a instancia
de cualquiera de las entidades que suscriben el presente Convenio, debiendo comunicarlo a la
otra parte con una antelación mínima de diez días. Dichas reuniones podrán ser presenciales
o a través de sistemas de videoconferencia según acuerden las partes.
Los acuerdos de la Comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el/la presidente/a
de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
Undécima. Eficacia y duración.
La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes.
Finalizado el plazo de ejecución de 18 meses de las actividades afectas al Convenio, éste
seguirá desplegando sus efectos hasta el 10 de diciembre de 2025, fecha en que concluye el
plazo para la presentación de los gastos pendientes de justificar.
Duodécima. Causas de resolución y efectos de esta.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.