Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063632)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 Computaex: Centro Demostrador de Gemelos Digitales", en los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea- Next Generation Eu.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55736
La justificación de las actuaciones y de los gastos deberá realizarse conforme a:
• Las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogida en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones de la transferencia, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos
de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de
cada trabajador imputado a la transferencia, Resumen de indicadores de productividad,
ejecución y difusión de las actuaciones y Memoria coste final).
• La documentación definida dentro de los entregables de cada una de las actividades.
Además, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en su tarea de supervisión e inspección del proyecto, podrá requerir a COMPUTAEX cuanta documentación considere
necesaria para la adecuada justificación y acreditación de las actuaciones.
La Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose por actividades
que se adjunta en el Anexo I e informará sobre su el nivel de logro de los indicadores.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º
1303/2013, de 18 de diciembre, la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), reconoce y acepta, la transferencia específica recogida en el presente
Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.E.C.A).
del mismo al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Sexta. Pago de la Transferencia específica.
1. L
os pagos de esta transferencia específica se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril,
por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2005. El pago se determina de la siguiente forma:
• Dado que el plazo en el que pueden imputarse los gastos derivados de la ejecución va desde el 1 de junio de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025 (18 meses o seis trimestres),
el pago de la transferencia se realizará trimestralmente por sextas partes del importe
total de la transferencia y se abonará dentro del primer mes de cada trimestre. Si a la
firma del presente convenio hubiera transcurrido más de un trimestre del periodo podrá
Lunes 28 de octubre de 2024
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La justificación de las actuaciones y de los gastos deberá realizarse conforme a:
• Las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogida en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones de la transferencia, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos
de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de
cada trabajador imputado a la transferencia, Resumen de indicadores de productividad,
ejecución y difusión de las actuaciones y Memoria coste final).
• La documentación definida dentro de los entregables de cada una de las actividades.
Además, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en su tarea de supervisión e inspección del proyecto, podrá requerir a COMPUTAEX cuanta documentación considere
necesaria para la adecuada justificación y acreditación de las actuaciones.
La Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose por actividades
que se adjunta en el Anexo I e informará sobre su el nivel de logro de los indicadores.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º
1303/2013, de 18 de diciembre, la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), reconoce y acepta, la transferencia específica recogida en el presente
Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.E.C.A).
del mismo al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Sexta. Pago de la Transferencia específica.
1. L
os pagos de esta transferencia específica se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril,
por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2005. El pago se determina de la siguiente forma:
• Dado que el plazo en el que pueden imputarse los gastos derivados de la ejecución va desde el 1 de junio de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025 (18 meses o seis trimestres),
el pago de la transferencia se realizará trimestralmente por sextas partes del importe
total de la transferencia y se abonará dentro del primer mes de cada trimestre. Si a la
firma del presente convenio hubiera transcurrido más de un trimestre del periodo podrá