Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión De Alumnos. Formación Profesional. (2024063585)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados D y E en la modalidad de oferta modular presencial, semipresencial y on-line en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 209
Viernes 25 de octubre de 2024

55142

académico en que se matricula, de conformidad con lo recogido en el apartado 5 del
resuelvo anterior.
b. Requisitos académicos: los interesados deberán cumplir los mismos requisitos de acceso que los establecidos para Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior
en la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión y
matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Décimo tercero. Criterios de admisión en la oferta modular ordinaria.
1. En los centros donde el número de vacantes sea igual o superior al de solicitudes presentadas, serán admitidas en su totalidad.
2. Si el número de vacantes es inferior al de solicitudes presentadas, el centro elaborará la
lista de personas admitidas y excluidas en función de los siguientes criterios:
a. El orden de preferencia de cada grupo será:
i. Solicitantes que hayan superado un procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, o tengan
un Certificado Profesional, que forme parte del ciclo formativo que solicita, y necesiten
cursar uno o varios módulos profesionales para completar un Ciclo Formativo de Grado
Medio o Grado Superior.
ii. Solicitudes que permitan al alumnado completar un ciclo formativo entre los módulos
profesionales solicitados y los que ya tiene superados, teniendo prioridad el que tenga
un mayor número de los mismos superados.
iii. Solicitudes que permitan al alumnado completar uno de los cursos del ciclo formativo al
que pertenece el módulo o los módulos solicitados, teniendo prioridad el que tenga un
mayor número de módulos superados.
iv. Solicitantes que tengan un título de Técnico o Técnico Superior que le permita complementar y/o ampliar su formación de esta oferta formativa de su familia profesional o
afines.
v. Personas trabajadoras o desempleadas, que cuentan con experiencia laboral en el sector
productivo relacionado con el ciclo formativo para el que solicitan admisión.
vi. Resto de alumnado que cumpla con los requisitos de acceso académicos establecidos
en la Orden de 9 de mayo de 2024.