Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063577)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se resuelve la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la planta de tratamiento de residuos de CRM Synergies, SL, ubicada en el término municipal de Robledollano (Cáceres). Expte.: (AAINS24/005).
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NÚMERO 209
Viernes 25 de octubre de 2024

55037

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se resuelve la modificación no sustancial de la
autorización ambiental integrada de la planta de tratamiento de residuos
de CRM Synergies, SL, ubicada en el término municipal de Robledollano
(Cáceres). Expte.: (AAINS24/005). (2024063577)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La planta de tratamiento de residuos de CRM Synergies, SL, de Robledollano (Cáceres) cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de
la Dirección General de Sostenibilidad de 16 de diciembre de 2022, y publicada en el DOE n.º
245, de 23 de diciembre de 2022 (Expte. AAI21/032). Esta AAI ha obtenido alguna modificación posterior.
Segundo. Con fecha de 20 de junio de 2024 CRM Synergies, SL, solicita modificación no
sustancial de la AAI con objeto de instalar un horno de precalentamiento en el complejo industrial.
CRM Synergies, SL, describe en la documentación técnica presentada un horno de precalentamiento con las siguientes características: fabricado en acero, si bien dispondrá en su interior
de una capa de ladrillo refractario; de forma cúbica, con unas dimensiones de 2.000 mm x
1.250 mm x 2.050 mm, y con una puerta frontal para introducir y extraer el material; con
un sistema de ventilación para la extracción del vapor de agua generado tras la reducción de
la humedad del material antes de su envío al horno rotatorio; capacidad de tratamiento de
1.500 kg material por ciclo, estimándose una operación del mismo de unas 500 horas al año;
con quemador de gas natural de bajas emisiones de nox de funcionamiento monoetapa, de
forma que los gases generados serán dirigido a la misma cámara de expansión que el horno
rotatorio existente en el complejo industrial.
La solicitud de modificación no sustancial descrita es considerada por CRM Synergies, SL,
como modificación no sustancial de la AAI de su instalación, de acuerdo a los criterios señalados en el artículo 10.4 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de
prevención y control integrados de la contaminación por el que se aprueba el Reglamento de
Emisiones Industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, el artículo 20 de la ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo