Presidencia De La Junta. Vivienda. Medidas Urgentes. (2024DE0002)
Decreto-ley 2/2024, de 22 de octubre, de medidas fiscales urgentes para impulsar el acceso a la vivienda en Extremadura.
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NÚMERO 209

54600

Viernes 25 de octubre de 2024

económicas están sufriendo como consecuencia de la actualización y revisión de rentas por
viviendas en alquiler.
II
Así, mediante este Decreto-ley, en el capítulo I se establece una deducción autonómica en el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para favorecer el arrendamiento de viviendas
que hayan estado vacías y sean destinadas a ser la vivienda habitual.
Por otra parte, y en relación con el mismo Impuesto, se contempla una deducción por inversión en la rehabilitación de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler.
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en relación con las adquisiciones de viviendas habituales que no tengan la consideración de viviendas de protección oficial de precio máximo legal, se adoptan varias medidas: se incrementa
el valor de la vivienda que opera como límite para la aplicación del tipo reducido y que pasa
de 122.000 a 180.000 euros, se eleva la cuantía de los límites de renta que dan derecho a la
aplicación del beneficio fiscal, pasando de 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta, a 28.000 y 45.000 euros respectivamente y se suprime el límite
económico de la renta total anual de todos los miembros de la familia que habiten la vivienda.
En relación con este mismo Impuesto se establece un tipo de gravamen reducido de 6% para
la compra de viviendas habituales por jóvenes menores de 36 años con las mismas condiciones antes mencionadas.
Finalmente, por lo que se refiere al mismo tributo, se adapta el precepto relativo a la bonificación por adquisición de vivienda habitual por determinados colectivos a la nueva regulación
anteriormente detallada.
En definitiva, con las modificaciones realizadas en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se amplía sustancialmente el número de extremeños
susceptibles de ser beneficiados con una notable reducción de la carga fiscal a la hora de
adquirir su vivienda habitual.
De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional reflejada en la Sentencia 17/2023, de
9 de marzo, dictada en relación con el recurso de inconstitucionalidad del Real Decreto-ley
que modifica la normativa del Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza
Urbana, las modificaciones tributarias que se contienen en este Decreto-ley carecen de transcendencia en el sistema tributario generalmente considerado. No suponen la creación ex novo
de un tributo y, pese a la naturaleza de alguno de los tributos aquí modificados - entre ellos,
el impuesto sobre la renta -, sin embargo, se trata de modificaciones en beneficio del contri-