Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Actividades Taurinas. Subvenciones. (2024040183)
Decreto 115/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al apoyo y fomento de la cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 209
Viernes 25 de octubre de 2024
54646
— Estar constituida como federación, asociación, fundación, peña, confederación u otras
entidades privadas de análoga naturaleza sin ánimo de lucro que se hallen legalmente
constituidas y registradas conforme a la normativa aplicable en cada caso y que sus
fines y objetivos, según sus estatutos, se correspondan o estén relacionados con el
apoyo y fomento de la cultura taurina.
— Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entendiéndose por tales
los municipios, las entidades locales menores, las mancomunidades, las diputaciones
provinciales, así como sus correspondientes organismos públicos vinculados o dependientes.
— Personas físicas cuyo vínculo con la tauromaquia quede demostrado por ser profesional
taurino de acuerdo con los datos obrantes en el Registro general de profesionales taurinos del Ministerio de Cultura.
— Personas jurídicas vinculadas al mundo taurino por su objeto social.
2. Todas las personas y entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y
de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda del Estado y la
Seguridad Social.
b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición
de beneficiario en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al objeto de acreditar que la persona o entidad solicitante cumple los requisitos indicados
anteriormente, que permiten obtener la condición de beneficiaria, se formalizará una declaración responsable, que se incardinará en el modelo normalizado de solicitud que se
facilite con cada convocatoria.
Esos mismos datos podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención, previa autorización expresa, que se incluye en el modelo normalizado de solicitud
contenido en el anexo I.
3. P
royectos subvencionables.
1. Se subvencionarán con cargo a estas ayudas proyectos de ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se dirijan a fomentar, apoyar, divulgar, defender y difundir la
cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 25 de octubre de 2024
54646
— Estar constituida como federación, asociación, fundación, peña, confederación u otras
entidades privadas de análoga naturaleza sin ánimo de lucro que se hallen legalmente
constituidas y registradas conforme a la normativa aplicable en cada caso y que sus
fines y objetivos, según sus estatutos, se correspondan o estén relacionados con el
apoyo y fomento de la cultura taurina.
— Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entendiéndose por tales
los municipios, las entidades locales menores, las mancomunidades, las diputaciones
provinciales, así como sus correspondientes organismos públicos vinculados o dependientes.
— Personas físicas cuyo vínculo con la tauromaquia quede demostrado por ser profesional
taurino de acuerdo con los datos obrantes en el Registro general de profesionales taurinos del Ministerio de Cultura.
— Personas jurídicas vinculadas al mundo taurino por su objeto social.
2. Todas las personas y entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y
de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda del Estado y la
Seguridad Social.
b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición
de beneficiario en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al objeto de acreditar que la persona o entidad solicitante cumple los requisitos indicados
anteriormente, que permiten obtener la condición de beneficiaria, se formalizará una declaración responsable, que se incardinará en el modelo normalizado de solicitud que se
facilite con cada convocatoria.
Esos mismos datos podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención, previa autorización expresa, que se incluye en el modelo normalizado de solicitud
contenido en el anexo I.
3. P
royectos subvencionables.
1. Se subvencionarán con cargo a estas ayudas proyectos de ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se dirijan a fomentar, apoyar, divulgar, defender y difundir la
cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.