Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2024063587)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por la que se resuelve la concesión de subvención a las entidades locales beneficiarias, dirigida a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024, de la Sublínea B (Medios materiales y técnicos).
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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para la Sublínea B (Medios materiales y técnicos) un total de 37 solicitudes. De ellas, se inad­
mitieron dos solicitudes, notificándoselo a las entidades locales correspondientes, mediante
Resoluciones del Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil de fecha 13 de
mayo de 2024, por no contar a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitu­
des, con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita
en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Con fecha 15 de mayo de 2024, se dicta Resolución por la Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social por la que se nombra a los miembros de
la Comisión de Valoración de las subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y ma­
terial a las Agrupaciones Locales de voluntariado de Protección Civil, Comisión que se reunió
en fecha 17 de septiembre de 2024, emitiendo Informe de valoración en esa misma fecha.
A estos antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura establece que los órganos competentes para la concesión de las
subvenciones serán, dentro de su ámbito de competencia y previa consignación presupues­
taria, los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los
Presidentes o Directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con
sus normas de creación.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica bá­
sica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se atribuye a la Conse­
jería de Presidencia, Interior y Diálogo social el ejercicio de las competencias que le atribuye
el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiéndole entre otras, las competencias en materia de
interior, emergencias y protección civil.
Así, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y del artículo 6 del
Decreto 77/2023, de 21 de julio, antes citados, el órgano competente para la concesión de
estas subvenciones es el Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diá­
logo Social. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General
de Interior, Emergencia y Protección Civil en virtud de la Resolución de 3 de octubre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, así
como la firma de resoluciones y actos. (DOE n.º 194, de 9 de octubre).