Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063562)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es José Núñez Gilgado, en el término municipal de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

54231

• No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés para
la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos,
fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
• Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna de la zona, los cuales serán almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su
poder y entregados a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento.
• Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación de
incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la
época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX
• Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE
n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará
a lo dispuesto por los Agentes del Medio Natural y/o el personal técnico de la Dirección
General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.
Sexto. Con fecha 25 marzo de 2024, el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio
Climático informa a la Confederación Hidrográfica del Guadiana que el anterior proyecto se
está sometiendo al procedimiento de consultas a aquellos organismos que se consideren deban pronunciarse sobre las materias de sus competencias según lo establecido en el artículo
16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Por este motivo, se le solicitó que, en el plazo de 20 días desde la recepción
de esta comunicación, presentara las alegaciones y observaciones que considerara oportunas
para concretar su participación en este procedimiento
Con fecha 30 de junio de 2024 emite informe en el que concluye que “Se deberá solicitar, por
un lado, autorización para las actividades y usos del suelo previstos en zona de policía del
arroyo de la Fuente del Charco, y, por otro, la modificación del aprovechamiento de aguas
subterráneas en trámite para adecuar el volumen solicitado a las necesidades hídricas de la
explotación”.
Séptimo. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones
u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la puesta en marcha
y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su entorno, elaboró pro-