Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063566)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nueva línea subterránea de MT, de 20 kV, de enlace entre Robledillo de Gata y la Alquería de Erías", a realizar en los términos municipales de Robledillo de Gata y Pinofranqueado (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/1247.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se tiene que la probabilidad de que ocurra
un incendio en el ámbito de estudio es alta.
La severidad del daño causado en el entorno del proyecto, en caso de ocurrencia de un
incendio forestal, teniendo en cuenta que la vegetación existente está compuesta de forma
predominante por formaciones de masa forestal con sotobosque, es media.
Con estos parámetros la categoría del riesgo por incendio forestal en cuanto a catástrofe
es alto.
En el caso de producirse una catástrofe por un incendio forestal en el entorno del proyecto,
es este desastre en sí mismo el que puede causar daños sobre los elementos ambientales,
esto es, se parte de la hipótesis de que frente a una catástrofe de estas características, no
existen elementos de la instalación especialmente vulnerables que, dañados por el evento,
pudieran incrementar la magnitud de la afección ambiental que pueda ocasionar el propio
accidente.
No obstante, como medidas de prevención ante el riesgo de incendios se cumplirá con el
Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
de acuerdo con el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre (DOE n.º 236 de 9 de diciembre
de 2014), donde se establecen y definen las medidas generales para la prevención de los
incendios forestales, a la hora de establecer los períodos de mayor riesgo en el ámbito de
la obra, coincidentes con el ámbito al que se asocia con la mayor masa arbolada afectada.
— Riesgo nuclear.
Todo el trazado está fuera del ámbito de las zonas de planificación de los Planes de Emergencia Nuclear de cualquier central nuclear (dichas zonas se denominan IA, IB, IC y II; y
llegan, respectivamente hasta una distancia de 3, 5, 10 y 30 km del reactor nuclear).
La central nuclear más cercana al trazado propuesto es la de Almaraz, en el municipio de
Almaraz, Cáceres; a una distancia muy alejada al punto más cercano del trazado.
No se considera el riesgo nuclear al estar todo el trazado del Proyecto fuera del ámbito de
las zonas de planificación (IA, r = 3 km; IB, r = 5 km; IC, r = 10 km; y II, r = 30 km);
del Plan de Emergencia Nuclear de la central nuclear más cercana (Almaraz) con lo que no
existe vulnerabilidad sobre la integridad de la Línea Eléctrica.
2. E
 n relación a la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves, se tiene
en cuenta que:
Teniendo en cuenta que ni las instalaciones proyectadas ni las actividades que se van a
llevar a cabo para la construcción de las mismas contienen sustancias clasificadas como
peligrosas en las cantidades expresadas en el anexo I del Real Decreto 840/2015, de 21