Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063565)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de gestión y valorización de residuos, en el término municipal de Malpartida de Plasencia, cuyo promotor es José Antonio Rodríguez Vivas. Expte.: IA23/1917.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

54405

—L
 a Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural indica en su informe
que se condiciona la ejecución del proyecto al estricto cumplimiento de las medidas
preventivas indicadas en el documento y que se recogen posteriormente en el presente
informe.
—L
 a Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio indica en su informe
indica:
“1. En el término municipal de Malpartida de Plasencia se encuentra actualmente vigente Plan General Municipal aprobado definitivamente por CUOTEX (29 de septiembre de
2022), publicado en el DOE núm. 231, jueves 1 de diciembre de 2022.


2. E
 n virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al Municipio de Malpartida de Plasencia realizar el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o
posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de
planeamiento y al resto de legislación aplicable.



3. C
 on la información facilitada ha sido posible comprobar que no consta expediente
administrativo en tramitación destinado al otorgamiento de la calificación rústica,
regulada en los artículos 69 y siguientes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura



4. L
 a materialización de edificaciones, construcciones e instalaciones destinadas a cualquiera de los usos permitidos y/o autorizables recogidos en los apartados 4 y 5 del
artículo 67 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que se pretendan realizar en el suelo rústico,
requerirá de la oportuna calificación rústica mediante resolución expresa como requisito imprescindible previo a la licencia municipal. “

—L
 a Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia remite informe en el que establece:
“Atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Malpartida de Plasencia, aprobado por Orden Ministerial del 24/05/1960 (BOE 09/06/1960),
el proyecto ubicado en el polígono 29, parcela 65, afecta al dominio de vías pecuarias,
al tener su acceso por terrenos del “Cordel del Valle” deslinde aprobado mediante Orden
de 27 de noviembre de 2003 de la Consejería de Desarrollo Rural, DOE n.º 149, de 23
diciembre 2003.