Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063546)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de los proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas denominadas "El Navío", "Santa Amalia", "San Telmo" y "Vegas Grandes", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1277.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024
54373
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realicen los Agentes del Medio Natural. No se
molestará a la fauna con ruidos excesivos.
6.
El tramo aéreo de la línea eléctrica de evacuación cumplirá todas las disposiciones
incluidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión.
D.4. Medidas compensatorias.
Los promotores, antes del inicio de las obras, deberá presentar para su aprobación por la
DGS, una propuesta de medidas compensatorias destinadas a compensar los posibles impactos residuales, evitando con ello un deterioro del conjunto de variables que definen el
estado de conservación de hábitats y especies afectados por la implantación de las ISF. La
precitada propuesta deberá contener, al menos, las siguientes medidas compensatorias:
1. Colocación de un refugio para reptiles por cada 10 ha de ocupación de la planta. El refugio consistirá en una acumulación de piedras de la zona en un agrupamiento de 2m x
2m x 1m. y/o la colocación de ramas de suficiente porte (0,2 m de diámetro y 1,2 m de
longitud).
2. C
olocación de un refugio de insectos en el entorno de cada planta.
3. Se instalarán y mantendrán durante toda la vida útil, 1 poste metálico de 4 m de altura
con caja nido de cemento corcho polivalente. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluidas chapas perimetrales en cada apoyo de 0,5 m de altura para evitar
la muerte por depredadores trepadores, colocados a 3 m de altura), así como de un
mantenimiento anual para garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su reposición
cuando se deterioren.
4. Los promotores deberán realizar un acuerdo de custodia del territorio para la conservación de las aves esteparias de 1 ha por cada hectárea ocupada en la totalidad de los
cuatro proyectos.
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado de
Jueves 24 de octubre de 2024
54373
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realicen los Agentes del Medio Natural. No se
molestará a la fauna con ruidos excesivos.
6.
El tramo aéreo de la línea eléctrica de evacuación cumplirá todas las disposiciones
incluidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión.
D.4. Medidas compensatorias.
Los promotores, antes del inicio de las obras, deberá presentar para su aprobación por la
DGS, una propuesta de medidas compensatorias destinadas a compensar los posibles impactos residuales, evitando con ello un deterioro del conjunto de variables que definen el
estado de conservación de hábitats y especies afectados por la implantación de las ISF. La
precitada propuesta deberá contener, al menos, las siguientes medidas compensatorias:
1. Colocación de un refugio para reptiles por cada 10 ha de ocupación de la planta. El refugio consistirá en una acumulación de piedras de la zona en un agrupamiento de 2m x
2m x 1m. y/o la colocación de ramas de suficiente porte (0,2 m de diámetro y 1,2 m de
longitud).
2. C
olocación de un refugio de insectos en el entorno de cada planta.
3. Se instalarán y mantendrán durante toda la vida útil, 1 poste metálico de 4 m de altura
con caja nido de cemento corcho polivalente. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluidas chapas perimetrales en cada apoyo de 0,5 m de altura para evitar
la muerte por depredadores trepadores, colocados a 3 m de altura), así como de un
mantenimiento anual para garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su reposición
cuando se deterioren.
4. Los promotores deberán realizar un acuerdo de custodia del territorio para la conservación de las aves esteparias de 1 ha por cada hectárea ocupada en la totalidad de los
cuatro proyectos.
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado de