Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063546)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de los proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas denominadas "El Navío", "Santa Amalia", "San Telmo" y "Vegas Grandes", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1277.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024



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• Se deberá señalizar los conductores de las líneas eléctricas con elementos salvapájaros, tipo aspas giratorias catadióptricas, instalando un dispositivo cada 10 metros
lineales alternando conductores.



• En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, si son tipo aguja que sea con extremo romo y el paraguas
abierto hacia abajo. Mejor si es tipo tejadillo.



• Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se
estará a lo dispuesto por el personal técnico de la Dirección General en materia de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.



• Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas de
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realicen los Agentes del Medio Natural. No se
molestará a la fauna con ruidos excesivos.

— Con fecha 11 de junio de 2024, la Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud indica que para la emisión de informe, sería necesario que se aporte
la siguiente información para valorar los posibles impactos en la salud, y que la misma,
si fuera posible, se pueda aportar de manera específica y/o identificada como aspectos
con posible repercusión para la salud, para poder realizar una adecuada valoración.


• No se describe el sistema de abastecimiento de agua (si bien en un punto se indica
que no es necesario en otro posterior se indica que será potable).



• No aparece descrito el sistema de gestión de aguas residuales y otro tipo de residuos.



• No se hace referencia al deslumbramiento que puede provocar o no la actividad.



• No aparece descrito la posible repercusión de unas instalaciones de este tipo en las
inmediaciones de un aeropuerto de uso militar y civil.



• No aparece específicamente descrito la repercusión en materia de contaminación
sonora.



• No se indica el impacto visual, solo se hace referencia a que será moderado sin soluciones al efecto acumulativo de la presencia de placas fotovoltaicas en el entorno de