Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063564)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada del proyecto de planta extractora de aceite de orujo de oliva, cuya promotora es Nuestra Señora de la Estrella, SA, en el término municipal de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024
54283
b) Acreditación de la correcta gestión de los residuos, conforme a lo dispuesto en el apartado a.4.
c) Acreditación del cumplimiento de las condiciones establecidas en los apartados a.12;
a.17 y a.19.
d) Certificado técnico indicado en el apartado a.18.
e) E
l plan de mantenimiento y revisión de las balsas requerido en el apartado a.24. Identificación del responsable técnico encargado de implementar y ejecutar dicho plan.
El plan de mantenimiento y revisión de las balsas debe incluir la planimetría completa
de las infraestructuras y la ubicación georreferenciada de los sistemas de control, y anexar el estudio hidrogeológico utilizado para su diseño. Se incluirá en el plan el balance
hídrico del cálculo de capacidad de la balsa pulmón de aguas residuales.
f) El informe sobre consumo de disolvente requerido en el apartado b.9.
g) La propuesta y adopción de técnicas para evitar, reducir y controlar emisiones difusas
de COVs requerida en el apartado b.11.
h) E
l Plan de Gestión de Disolventes conforme a lo dispuesto en el apartado b.13.
i) Justificación de la adecuada implantación de las medidas referidas en los apartados c.5.
y c.10.
j) Informe de medición de ruidos que acredite el respeto de los niveles máximos establecidos tanto por el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, como por el Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre.
k) Identificación de la persona física responsable requerida en el apartado f.1.
l) Los informes de las primeras mediciones discontinuas de las emisiones a la atmósfera,
que acrediten el cumplimiento de los valores límite de emisión de contaminantes.
m) Nuevo estudio de dispersión de emisiones atmosféricas, que acredite el respeto de los
criterios de calidad del aire establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero;
partiendo de datos medidos y de los valores límite de emisión fijados.
n) A
creditación de la conexión de datos en continuo a la red de la DGS, de conformidad
con lo dispuesto en el apartado h.18.; así como el certificado oficial de homologación y
calibración de los equipos instalados a tal efecto.
Jueves 24 de octubre de 2024
54283
b) Acreditación de la correcta gestión de los residuos, conforme a lo dispuesto en el apartado a.4.
c) Acreditación del cumplimiento de las condiciones establecidas en los apartados a.12;
a.17 y a.19.
d) Certificado técnico indicado en el apartado a.18.
e) E
l plan de mantenimiento y revisión de las balsas requerido en el apartado a.24. Identificación del responsable técnico encargado de implementar y ejecutar dicho plan.
El plan de mantenimiento y revisión de las balsas debe incluir la planimetría completa
de las infraestructuras y la ubicación georreferenciada de los sistemas de control, y anexar el estudio hidrogeológico utilizado para su diseño. Se incluirá en el plan el balance
hídrico del cálculo de capacidad de la balsa pulmón de aguas residuales.
f) El informe sobre consumo de disolvente requerido en el apartado b.9.
g) La propuesta y adopción de técnicas para evitar, reducir y controlar emisiones difusas
de COVs requerida en el apartado b.11.
h) E
l Plan de Gestión de Disolventes conforme a lo dispuesto en el apartado b.13.
i) Justificación de la adecuada implantación de las medidas referidas en los apartados c.5.
y c.10.
j) Informe de medición de ruidos que acredite el respeto de los niveles máximos establecidos tanto por el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, como por el Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre.
k) Identificación de la persona física responsable requerida en el apartado f.1.
l) Los informes de las primeras mediciones discontinuas de las emisiones a la atmósfera,
que acrediten el cumplimiento de los valores límite de emisión de contaminantes.
m) Nuevo estudio de dispersión de emisiones atmosféricas, que acredite el respeto de los
criterios de calidad del aire establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero;
partiendo de datos medidos y de los valores límite de emisión fijados.
n) A
creditación de la conexión de datos en continuo a la red de la DGS, de conformidad
con lo dispuesto en el apartado h.18.; así como el certificado oficial de homologación y
calibración de los equipos instalados a tal efecto.