Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Subvenciones. (2024040214)
Decreto 127/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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destinadas a las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad
Autónoma de Extremadura. También se incorpora en su disposición adicional única, la convocatoria de estas ayudas correspondiente al curso 2024-2025.
Por otra parte, se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la presente regulación se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos
y entendiéndose que es el instrumento más adecuado para garantizar su consecución. Asimismo, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. A su vez,
como garantía del principio de seguridad jurídica, se adopta de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo de certidumbre que facilita su
conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones. Responde al principio
de transparencia con los trámites de publicación en el Portal de Transparencia y los informes
requeridos a los órganos consultivos de la administración autonómica. Respecto al principio
de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
Hay que tener en cuenta el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cual establece que corresponde a la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología
e innovación, y el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, el cual dispone
que corresponde a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional la coordinación
y supervisión del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.
La Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos modifica el
artículo 12 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta
de Extremadura estableciendo como fines del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios, entre otros, la concesión, gestión, resolución y control de las subvenciones, ayudas y becas que se establezcan en su ámbito de actuación, de carácter autonómico o
estatal y entre ellas, las ayudas destinadas a transporte y comedor escolar.