Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Subvenciones. (2024040214)
Decreto 127/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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a lo establecido en el artículo 7.3, acompañada los documentos especificados en el citado
artículo 7.
Las Direcciones de los centros remitirán las Delegaciones Provinciales correspondientes la
documentación señalada en el apartado 9 del artículo 7, junto con los anexos II, III, IV y V.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el día
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es).
No obstante, lo anterior, el alumnado cuya situación cambie con posterioridad al vencimiento de dicho plazo podrá solicitar estas ayudas en el plazo señalado en el apartado anterior.
A estos efectos el día de inicio del cómputo del plazo será aquél en que se haya producido
dicha modificación.
6. O
 rdenación e instrucción.
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de
las ayudas reguladas en esta convocatoria será la Unidad Económico-Administrativa de la
Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
con la colaboración de los centros docentes donde se encuentren escolarizados los alumno/
as y las residencias donde residen los solicitantes.
Las Delegaciones Provinciales comprobarán las solicitudes y la documentación presentada
por los solicitantes y, si procede, recabará de los mismos la documentación que falte.
7. Resolución.
Una vez comprobado por la Unidad Económico-Administrativa, la concurrencia en los solicitantes de la ayuda de los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras,
formulará la correspondiente propuesta de resolución a la Presidencia del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, que dictará la correspondiente resolución de concesión, expresa y motivada desde la elevación de aquélla. La convocatoria
podrá ser resuelta en diversos actos.
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de tres meses
a contar desde la presentación de la solicitud. La falta de notificación de resolución expresa
de la concesión dentro del plazo, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud.