Consorcio Para Gestión Inst. Tec. Rocas Ornament.\mat. Const. Procesos Selectivos. (2024081709)
Anuncio de 17 de octubre de 2024 por el que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la selección y contratación de un puesto de personal laboral temporal, con cargo a un proyecto de investigación científica y técnica.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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Tercera. Sistema de selección.
1. El procedimiento de selección será el de concurso de méritos, a través de la comprobación
de los requisitos generales y específicos, y valoración de los méritos de acuerdo al baremo
establecido en el anexo II.
2. Se valorarán como méritos preferentes: el expediente académico, la experiencia previa
del solicitante, y los cursos y actividades de formación complementarios relacionados con
el objeto de la convocatoria. Sólo se valorarán los méritos alegados y acreditados por los/
as aspirantes, de acuerdo con el baremo establecido en el anexo II que acompaña a estas
bases y que hayan sido aportados junto con la solicitud o antes de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes. La puntuación obtenida alcanzable será valorada con un
máximo de 100 puntos.
Cuarta. Tribunal de Selección.
1. E
 stará constituido por las siguientes personas:
• Presidente: Juan José Tejado Ramos.
• Vocal n.º 1: Carlos Franco Cienfuegos.
• Vocal n.º 2: María Isabel Mota López.
• Vocal n.º 3: Juan Miguel Meneses Rodríguez.
• Secretaria: Laura López Ramos.
Con el objetivo de garantizar al máximo la transparencia e imparcialidad del proceso de selección, podrá participar como observador en cualquiera de sus fases un representante de los
Trabajadores de INTROMAC.
2. T
 odos los anteriores estarán obligados a respetar en todo momento la condición de confidencialidad sobre todas las cuestiones relacionadas con la evaluación de los/as aspirantes,
así como con el resto de asuntos referentes al desarrollo del proceso de selección.
3. E
 l Tribunal de Selección resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta
convocatoria, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas adoptando motivadamente las decisiones que, en cada caso, correspondan según su criterio.
4. Los miembros del Tribunal de Selección deberán abstenerse de intervenir en el proceso,
comunicándolo a la Dirección-Gerencia de INTROMAC, cuando en ellos se den cualquiera de