Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Aceite De Oliva. (2024081705)
Anuncio de 16 de octubre de 2024 sobre la XXVI convocatoria de Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra "Extrema Selección 2025".
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

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5.ª Cada muestra de aceite presentada al concurso, obtenido de aceitunas recolectadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante la campaña 2024/2025, deberá proceder de un lote homogéneo, es decir, de un único depósito que tenga las siguientes
capacidades:
— Mínimo 5.000 litros para la categoría de Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica.
— Mínimo 5.000 litros para la categoría de Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción convencional.
— Mínimo 50.000 litros para la categoría de Aceite de oliva virgen extra de gran producción.
— Mínimo 500 litros y un máximo de 5.000 litros para la categoría de Aceite de oliva virgen
extra de pequeño productor.
6.ª Las muestras se enviarán a cargo de la empresa en cuatro envases de aproximadamente
un litro de capacidad cada uno, etiquetados y sellados por la empresa.
7.ª Las solicitudes, debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo normalizado
del anexo, junto con las muestras, se presentarán o se remitirán a la Dirección General de
Agricultura y Ganadería, Laboratorio Agroalimentario de Extremadura, c/ Arroyo de Valhondo, n.º 2, 10071 Cáceres, a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, acompañadas del boletín de inscripción (anexo) debidamente
cumplimentado.
El plazo de recepción de muestras en el Laboratorio finaliza a las 14:00 horas del día 17 de
enero de 2025.
8.ª Cada elaborador solo podrá presentar una muestra por categoría. La participación en la
Categoría de Aceite de oliva virgen extra de pequeño productor imposibilitará la presentación
de muestras al resto de categorías. En este caso, además, será necesario disponer de alguna
parcela de olivar a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, lo que
será comprobado por el organizador.
9.ª Con la solicitud de inscripción las empresas que opten a la Categoría de Aceite de oliva
virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica dan su consentimiento para que
el organizador compruebe su correcta inclusión en el Registro de elaboradores y comercializadores de producción ecológica.