Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063513)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras para la ejecución del proyecto "Música en los hospitales y centros de Atención Primaria".
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024
53632
CONVENIO ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA ASOCIACIÓN MÚSICOS
SOLIDARIOS SIN FRONTERAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MÚSICA EN LOS
HOSPITALES Y CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA”.
Mérida, 11 de octubre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, el Sr. D. Jesús Vilés Piris, en nombre y representación del Servicio Extremeño
de Salud, en calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue nombrado
por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149 de 3 de agosto de 2023), actuando en
el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Anexo I del Decreto 221/2008,
de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio
Extremeño de Salud, modificado por el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica
el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo
Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Y, de otra parte, D. Pedro Gutiérrez Domínguez, en su condición de Delegado Responsable de
la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras en la comunidad autónoma de Extremadura,
con CIF G-01234640 e inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con
el número 155087, nombrado para dicho cargo mediante acuerdo, por unanimidad, adoptado
en Junta celebrada el día 28 de mayo de 2014.
Ambas partes reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad
legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio y, en su virtud,
MANIFIESTAN:
Primero. El Servicio Extremeño de Salud es un Organismo Autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.
El Servicio Extremeño de Salud tiene como funciones, entre otras, la planificación, organización, dirección y gestión de los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que
operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional; así mismo realizará esas mismas funciones en cuanto a la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén
asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.
Miércoles 23 de octubre de 2024
53632
CONVENIO ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA ASOCIACIÓN MÚSICOS
SOLIDARIOS SIN FRONTERAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MÚSICA EN LOS
HOSPITALES Y CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA”.
Mérida, 11 de octubre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, el Sr. D. Jesús Vilés Piris, en nombre y representación del Servicio Extremeño
de Salud, en calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue nombrado
por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149 de 3 de agosto de 2023), actuando en
el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Anexo I del Decreto 221/2008,
de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio
Extremeño de Salud, modificado por el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica
el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo
Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Y, de otra parte, D. Pedro Gutiérrez Domínguez, en su condición de Delegado Responsable de
la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras en la comunidad autónoma de Extremadura,
con CIF G-01234640 e inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con
el número 155087, nombrado para dicho cargo mediante acuerdo, por unanimidad, adoptado
en Junta celebrada el día 28 de mayo de 2014.
Ambas partes reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad
legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio y, en su virtud,
MANIFIESTAN:
Primero. El Servicio Extremeño de Salud es un Organismo Autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.
El Servicio Extremeño de Salud tiene como funciones, entre otras, la planificación, organización, dirección y gestión de los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que
operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional; así mismo realizará esas mismas funciones en cuanto a la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén
asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.