Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063406)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Alange para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada Zona de estacionamiento en el entorno del balneario de Alange financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024
53157
finalidad de que se alcance el cumplimiento de los hitos, objetivos y medición de los indicadores establecidos.
Las partes intervinientes incorporarán al expediente de tramitación del convenio, el modelo de
declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI), según el Anexo II. Este documento
se suscribirá por todas aquellas personas que directamente intervengan en el procedimiento,
tanto en el momento de su puesta en marcha, como durante su ejecución.a
Así mismo, para poder facilitar la transmisión de datos al Ministerio de Hacienda y Función
Pública, o al Ministerio de Industria y Turismo, de forma rápida y eficaz, se creará entre la
entidad local y la Comunidad Autónoma un canal de comunicación ágil, que facilite, en todo
momento, la transmisión de los datos necesarios para poder cumplir con las obligaciones y
compromisos adquiridos.
A) El Ayuntamiento de Alange se compromete a:
1. C
umplir los hitos (críticos y no críticos) y objetivos de gestión marcados para la ejecución
de la actuación que se recogen en el Anexo III (Gestión de hitos y objetivos).
2. P
resentar en el plazo de tres meses desde la firma del convenio una ficha por cada una de
las actuaciones recogidas en la actuación para una mejor ejecución, seguimiento y evaluación de éstas, según Anexo IV (Ficha Seguimiento de Actuaciones).
3. D
estinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos y realizar la actuación que integran la ACD, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el
presente convenio, así como justificar el cumplimiento de la finalidad y su coste real ante
la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
4. D
isponer de un “Plan de medidas antifraude” para garantizar y declarar que los fondos correspondientes a la actuación se han utilizado de conformidad con las normas aplicables,
en particular, a lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
5. C
umplir lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en relación con la identificación del perceptor final de los fondos (entidades
ejecutoras, contratistas y subcontratistas) y, en consecuencia, aportar la información que
corresponda.
Martes 22 de octubre de 2024
53157
finalidad de que se alcance el cumplimiento de los hitos, objetivos y medición de los indicadores establecidos.
Las partes intervinientes incorporarán al expediente de tramitación del convenio, el modelo de
declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI), según el Anexo II. Este documento
se suscribirá por todas aquellas personas que directamente intervengan en el procedimiento,
tanto en el momento de su puesta en marcha, como durante su ejecución.a
Así mismo, para poder facilitar la transmisión de datos al Ministerio de Hacienda y Función
Pública, o al Ministerio de Industria y Turismo, de forma rápida y eficaz, se creará entre la
entidad local y la Comunidad Autónoma un canal de comunicación ágil, que facilite, en todo
momento, la transmisión de los datos necesarios para poder cumplir con las obligaciones y
compromisos adquiridos.
A) El Ayuntamiento de Alange se compromete a:
1. C
umplir los hitos (críticos y no críticos) y objetivos de gestión marcados para la ejecución
de la actuación que se recogen en el Anexo III (Gestión de hitos y objetivos).
2. P
resentar en el plazo de tres meses desde la firma del convenio una ficha por cada una de
las actuaciones recogidas en la actuación para una mejor ejecución, seguimiento y evaluación de éstas, según Anexo IV (Ficha Seguimiento de Actuaciones).
3. D
estinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos y realizar la actuación que integran la ACD, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el
presente convenio, así como justificar el cumplimiento de la finalidad y su coste real ante
la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
4. D
isponer de un “Plan de medidas antifraude” para garantizar y declarar que los fondos correspondientes a la actuación se han utilizado de conformidad con las normas aplicables,
en particular, a lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
5. C
umplir lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en relación con la identificación del perceptor final de los fondos (entidades
ejecutoras, contratistas y subcontratistas) y, en consecuencia, aportar la información que
corresponda.