Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063439)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "IM2 Alconera", en el término municipal de Alange, e infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Alange y Almendralejo, cuya promotora es IM2 Energía Solar Proyecto 17, SL. Expte.: IA24/0806.
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024



53211

–E
 lementos etnográficos: Por otro lado, se ha detectado afección al patrimonio
etnográfico por la implantación del PSF Alconera, en concreto a dos albercas de
idénticas características y documentadas como Alberca I y Alberca II. La Alberca I
se localiza en el interior del parque solar mientras que la Alberca II se encuentra
a 6 metros al NE del límite de la planta solar. Se recomienda el balizado de estos
elementos para su protección durante el transcurso de las obras, ya que ambos
sufren afección de forma directa e indirecta.



• Afecciones al patrimonio cultural en el trazado de la línea de evacuación:



– Los yacimientos registrados en la Carta arqueológica de Extremadura como JareñoCasablanca/YAC 42102 y Calzada romana/YAC 41991, localizados en la prospección están afectados por el hipotético trazado de la línea de evacuación aérea,
ya que el trazado prospectado quizás no sea el definitivo y pueda ser desplazado.
En esa prospección también se ha documentado material romanotardoantiguo en
superficie de forma dispersa. Además, de una dispersión de material constructivo
contemporáneo, junto a elementos cerámicos de diferentes cronologías. En todo el
trazado de la línea de evacuación se ha identificado material constructivo y cerámico de diversas cronologías, no apareciendo ninguna concentración de elementos
muebles que se pueda interpretar como un yacimiento de una cronología concreta.
Todo el material tanto cerámico como constructivo está mezclado y en dispersión.

• De cara a minimizar el impacto que este proyecto pudiera ocasionar al patrimonio
arqueológico se condiciona la implantación del proyecto al estricto cumplimiento de
las siguientes medidas:


– Se recomienda que la obra constructiva de esta planta fotovoltaica excluya de su
área de implantación la zona en la que se ha constatado la ubicación del yacimiento arqueológico Bonhabal (YAC 36751). En caso, de que, por imperativo técnico de
este proyecto fotovoltaico, se hubiera de ocupar la zona del yacimiento, se habrán
de realizar previamente sondeos arqueológicos y si en ellos se localizasen vestigios patrimoniales se procederá a la excavación arqueológica de toda la zona con
el objeto de delimitar el yacimiento, caracterizar el contexto arqueológico de los
hallazgos y documentar las estructuras conservadas. De igual modo el proyecto de
excavación deberá caracterizar la paleofauna, el paleoambiente y los restos antropológicos que pudieran aparecer mediante las analíticas pertinentes. Finalmente,
el proyecto incluirá el análisis, funcionalidad y contextualización de los distintos
elementos excavados y establecer su marco cronológico mediante una serie de, al
menos, cinco dataciones de C14 AMS.