Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063439)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "IM2 Alconera", en el término municipal de Alange, e infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Alange y Almendralejo, cuya promotora es IM2 Energía Solar Proyecto 17, SL. Expte.: IA24/0806.
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024
53220
5) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y del área
de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación
de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la modificación
de la instalación de la planta solar fotovoltaica propuesta, no es un uso recogido en el planeamiento, si bien es autorizable ya que tampoco está prohibido expresamente, sin perjuicio
de que en el procedimiento administrativo debe quedar acreditada la compatibilidad entre la
modificación de las instalaciones que se pretenden y los valores del suelo que fueron objeto
de protección”.
Al objeto de dar adecuado cumplimiento al contenido de la calificación rústica, establecido en
el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, concretamente la letra d) del mencionado artículo, desde la Dirección General de Sostenibilidad se hicieron consultas a los efectos de la calificación rústica
a las Administraciones Públicas relacionadas a continuación:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Sostenibilidad.
— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
— Confederación Hidrográfica del Guadiana.
— Dirección General de Industria, Energía y Minas.
— Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia.
— Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Infraestructuras Rurales,
Patrimonio y Tauromaquia.
— Ayuntamiento de Almendralejo.
— Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agende Urbana.
La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, emite
informe, donde concluye que, la modificación de la instalación de la planta solar foto-
Martes 22 de octubre de 2024
53220
5) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y del área
de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación
de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la modificación
de la instalación de la planta solar fotovoltaica propuesta, no es un uso recogido en el planeamiento, si bien es autorizable ya que tampoco está prohibido expresamente, sin perjuicio
de que en el procedimiento administrativo debe quedar acreditada la compatibilidad entre la
modificación de las instalaciones que se pretenden y los valores del suelo que fueron objeto
de protección”.
Al objeto de dar adecuado cumplimiento al contenido de la calificación rústica, establecido en
el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, concretamente la letra d) del mencionado artículo, desde la Dirección General de Sostenibilidad se hicieron consultas a los efectos de la calificación rústica
a las Administraciones Públicas relacionadas a continuación:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Sostenibilidad.
— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
— Confederación Hidrográfica del Guadiana.
— Dirección General de Industria, Energía y Minas.
— Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia.
— Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Infraestructuras Rurales,
Patrimonio y Tauromaquia.
— Ayuntamiento de Almendralejo.
— Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agende Urbana.
La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, emite
informe, donde concluye que, la modificación de la instalación de la planta solar foto-