Presidencia De La Junta. Subvenciones. (2024040216)
Decreto 128/2024, de 15 de octubre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de una subvención a la Real Federación Española de Fútbol para la organización en la Comunidad Autónoma de Extremadura del partido internacional entre las Selecciones Femeninas de Fútbol España-Canadá.
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NÚMERO 205
Lunes 21 de octubre de 2024
52386
reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) del mismo texto legal, por las razones de interés público, social y económico expuestas en el artículo 3 del presente decreto.
2. El procedimiento se ha iniciado previa solicitud por parte de la Real Federación Española
de Fútbol, acordándose de forma singular mediante la aprobación del presente decreto por
el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Presidencia de la Junta de Extremadura, previo
informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.
Artículo 5. Cuantía y financiación de la subvención.
El importe total de esta subvención es de 125.000,00 euros (ciento veinticinco mil euros) y
se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, créditos de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la
Presidencia de la Junta de Extremadura, y que se imputará a la aplicación presupuestaria
02006 253A 48000, proyecto de gasto 20240553 “Actividades culturales, deportivas y otras
de sensibilización y/o fomento de la Igualdad”, fuente de financiación Comunidad Autónoma
(CAG0000001).
Artículo 6. Gastos Subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada estén directamente relacionados con la organización en la Comunidad Autónoma de Extremadura del
partido internacional entre las Selecciones Femeninas de Fútbol de España y Canadá, resulten estrictamente necesarios, se hayan producido en el año 2024, aun cuando se hayan
devengado con anterioridad a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de
Extremadura y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad al plazo establecido
para la justificación de la subvención. Asimismo, se considerarán gastos subvencionables
los generados por la realización de las actividades paralelas organizadas como promoción
del citado partido, entre las que se incluyen actividades lúdico-deportivas asociadas al
fútbol femenino, exposiciones y actividades que promuevan la igualdad, la responsabilidad
social y la inclusión.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
2. En general, tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos gastos que
sean necesarios para la organización de la actividad subvencionada y, en particular, los
gastos de personal, seguridad y auxiliares; los gastos de arbitraje, incluyendo derechos
y honorarios de arbitraje y dietas de transporte, manutención y alojamiento; gastos de
transporte, manutención y, en su caso, alojamiento de deportistas, personal voluntario,
personal federativo o de entidades deportivas colaboradoras, y otro personal que participe
Lunes 21 de octubre de 2024
52386
reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) del mismo texto legal, por las razones de interés público, social y económico expuestas en el artículo 3 del presente decreto.
2. El procedimiento se ha iniciado previa solicitud por parte de la Real Federación Española
de Fútbol, acordándose de forma singular mediante la aprobación del presente decreto por
el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Presidencia de la Junta de Extremadura, previo
informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.
Artículo 5. Cuantía y financiación de la subvención.
El importe total de esta subvención es de 125.000,00 euros (ciento veinticinco mil euros) y
se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, créditos de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la
Presidencia de la Junta de Extremadura, y que se imputará a la aplicación presupuestaria
02006 253A 48000, proyecto de gasto 20240553 “Actividades culturales, deportivas y otras
de sensibilización y/o fomento de la Igualdad”, fuente de financiación Comunidad Autónoma
(CAG0000001).
Artículo 6. Gastos Subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada estén directamente relacionados con la organización en la Comunidad Autónoma de Extremadura del
partido internacional entre las Selecciones Femeninas de Fútbol de España y Canadá, resulten estrictamente necesarios, se hayan producido en el año 2024, aun cuando se hayan
devengado con anterioridad a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de
Extremadura y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad al plazo establecido
para la justificación de la subvención. Asimismo, se considerarán gastos subvencionables
los generados por la realización de las actividades paralelas organizadas como promoción
del citado partido, entre las que se incluyen actividades lúdico-deportivas asociadas al
fútbol femenino, exposiciones y actividades que promuevan la igualdad, la responsabilidad
social y la inclusión.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
2. En general, tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos gastos que
sean necesarios para la organización de la actividad subvencionada y, en particular, los
gastos de personal, seguridad y auxiliares; los gastos de arbitraje, incluyendo derechos
y honorarios de arbitraje y dietas de transporte, manutención y alojamiento; gastos de
transporte, manutención y, en su caso, alojamiento de deportistas, personal voluntario,
personal federativo o de entidades deportivas colaboradoras, y otro personal que participe