Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acción Exterior. Becas. (2024063400)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se conceden dos becas de formación y práctica en materia de acción exterior de Extremadura, para el año 2024.
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NÚMERO 204
Viernes 18 de octubre de 2024
51993
personas solicitantes, la prueba escrita y la prueba oral. b) Formular el informe de valoración
que contendrá un listado de las personas solicitantes ordenado por la puntuación obtenida
de mayor a menor que servirá de base al órgano instructor para dictar la correspondiente
propuesta de resolución.
Sexto. Propuesta, resolución y notificación. De acuerdo con lo previsto en los resuelvos
undécimo a decimocuarto de la Convocatoria, finalizado el procedimiento de valoración, la Comisión de Valoración emitirá un informe que contendrá el listado de las personas solicitantes,
ordenadas por la puntuación obtenida de mayor a menor. En base a este informe, el órgano
instructor emitirá propuesta provisional de resolución, concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir de su publicación para la presentación de alegaciones. La propuesta provisional
de resolución se publicará, al menos, en la página web de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y en el Portal Ciudadano. En el referido plazo
de 10 días hábiles desde la publicación de la propuesta provisional, las personas propuestas
como beneficiarias deberán comunicar su aceptación provisional de la beca y, a su vez, acreditar que se encuentran en posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y
en las bases reguladoras. Una vez aceptada la beca de manera provisional y aportados los
documentos pertinentes, en el plazo máximo de un mes desde que finalizara el plazo establecido en el apartado 2 del resuelvo undécimo de esta convocatoria, el instructor elevará la
propuesta de resolución definitiva para la concesión de las becas, que en ningún caso podrá
apartarse del informe de la Comisión de Valoración, a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social para que dicte la correspondiente
resolución de concesión. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las
personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. El plazo máximo para resolver el procedimiento
y notificar su resolución será de tres meses. La falta de resolución expresa en dicho plazo
legitima a las personas interesadas para entender desestimada la solicitud formulada, previa
resolución, que deberá dictarse en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con todo lo expuesto, vista la propuesta de resolución del Jefe de Servicio de Acción Exterior de fecha 24 de septiembre de 2024, formulada de acuerdo con el informe de la
Comisión de Valoración de 16 de julio de 2024, este órgano,
RESUELVE:
Primero. Conceder dos becas de formación y práctica en materia de acción exterior de Extremadura, para el año 2024, a las personas que se relacionan a continuación, al amparo del
Decreto del Presidente 8/2020, de 24 de agosto, por el que se establecen las bases regula-
Viernes 18 de octubre de 2024
51993
personas solicitantes, la prueba escrita y la prueba oral. b) Formular el informe de valoración
que contendrá un listado de las personas solicitantes ordenado por la puntuación obtenida
de mayor a menor que servirá de base al órgano instructor para dictar la correspondiente
propuesta de resolución.
Sexto. Propuesta, resolución y notificación. De acuerdo con lo previsto en los resuelvos
undécimo a decimocuarto de la Convocatoria, finalizado el procedimiento de valoración, la Comisión de Valoración emitirá un informe que contendrá el listado de las personas solicitantes,
ordenadas por la puntuación obtenida de mayor a menor. En base a este informe, el órgano
instructor emitirá propuesta provisional de resolución, concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir de su publicación para la presentación de alegaciones. La propuesta provisional
de resolución se publicará, al menos, en la página web de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y en el Portal Ciudadano. En el referido plazo
de 10 días hábiles desde la publicación de la propuesta provisional, las personas propuestas
como beneficiarias deberán comunicar su aceptación provisional de la beca y, a su vez, acreditar que se encuentran en posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y
en las bases reguladoras. Una vez aceptada la beca de manera provisional y aportados los
documentos pertinentes, en el plazo máximo de un mes desde que finalizara el plazo establecido en el apartado 2 del resuelvo undécimo de esta convocatoria, el instructor elevará la
propuesta de resolución definitiva para la concesión de las becas, que en ningún caso podrá
apartarse del informe de la Comisión de Valoración, a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social para que dicte la correspondiente
resolución de concesión. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las
personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. El plazo máximo para resolver el procedimiento
y notificar su resolución será de tres meses. La falta de resolución expresa en dicho plazo
legitima a las personas interesadas para entender desestimada la solicitud formulada, previa
resolución, que deberá dictarse en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con todo lo expuesto, vista la propuesta de resolución del Jefe de Servicio de Acción Exterior de fecha 24 de septiembre de 2024, formulada de acuerdo con el informe de la
Comisión de Valoración de 16 de julio de 2024, este órgano,
RESUELVE:
Primero. Conceder dos becas de formación y práctica en materia de acción exterior de Extremadura, para el año 2024, a las personas que se relacionan a continuación, al amparo del
Decreto del Presidente 8/2020, de 24 de agosto, por el que se establecen las bases regula-