Corporación Extremeña De Medios Audiovisuales. Procesos Selectivos. (2024063435)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Dirección General, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Informático/a en la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 204
Viernes 18 de octubre de 2024

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9.5. Actualmente se encuentra en vigor el II Convenio Colectivo de los trabajadores de la
Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y
Televisión Extremeña, SAU, publicado en el DOE n.º 127, de fecha 3 de julio de 2015.
9.6. Los contratos de trabajo tendrán la duración temporal necesaria hasta que cese la causa
que dio origen a la contratación, y su retribución respectiva se corresponderá con los puestos
de trabajo existentes en la entidad, aprobados por el Consejo de Administración, de conformidad con el vigente II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña de
Medios audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU
9.7. La incorporación al puesto de trabajo estará condicionada y sujeta al cumplimiento del
régimen de incompatibilidades de conformidad con la normativa vigente que resulte de aplicación.
X. Pruebas médicas y psicológicas.
Tras la constitución de la bolsa de trabajo y, tras el llamamiento para ocupar el puesto de trabajo, con carácter previo a su contratación, el trabajador vendrá obligado a someterse a las
pruebas médicas y psicológicas que se determinen, debiendo superarlas satisfactoriamente
para poder ocupar el puesto de trabajo.
XI. Lenguaje no sexista.
11.1. La presente convocatoria trata en la medida de lo posible de utilizar un lenguaje inclusivo, desdoblando asimismo aquellos términos cuya adaptación pudiera resultar compleja o
poco comprensible y evitando en todo caso el uso de un lenguaje sexista. En cualquier caso,
cualquier posible referencia que excepcionalmente pueda aparecer con género masculino en
estas bases, debe entenderse neutra y extensible a ambos sexos.
XII. Norma final.
12.1. Contra la presente resolución y los actos definitivos de la presente convocatoria podrá
ejercitarse la oportuna acción ante la jurisdicción social, previo agotamiento de la vía administrativa.
Mérida, 11 de octubre de 2024. El Director General, DÁMASO CASTELLOTE CABALLERO.