Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024063364)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para obras de consultorios locales o de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2024.
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NÚMERO 201
50908
Martes 15 de octubre de 2024
Tercero. Que la concesión de la subvención sea publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa
y crédito presupuestario al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y
la finalidad de la subvención. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), a tenor
de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
(http://gobiernoabierto.juntaex.es), conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura.
Cuarto. Que queden relacionadas y ordenadas por puntación, en el anexo II aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtendrían financiación por rebasarse la
cuantía máxima del crédito con el que se dota, por modalidades, la convocatoria.
Quinto. Que queden relacionados en el anexo III, tanto las solicitudes inadmitidas como
aquellas otras en las que procedería declarar su desistimiento, motivando su causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Directora General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias o ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción
de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello
sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 8 de octubre de 2024.
La Secretaria General de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales,
PD, Resolución de 25 de septiembre de 2023
(DOE n.º 189, de 2 de octubre),
La Directora General de Planificación,
Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias,
SILVIA TERESA TORRES PILES
50908
Martes 15 de octubre de 2024
Tercero. Que la concesión de la subvención sea publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa
y crédito presupuestario al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y
la finalidad de la subvención. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), a tenor
de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
(http://gobiernoabierto.juntaex.es), conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura.
Cuarto. Que queden relacionadas y ordenadas por puntación, en el anexo II aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtendrían financiación por rebasarse la
cuantía máxima del crédito con el que se dota, por modalidades, la convocatoria.
Quinto. Que queden relacionados en el anexo III, tanto las solicitudes inadmitidas como
aquellas otras en las que procedería declarar su desistimiento, motivando su causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Directora General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias o ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción
de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello
sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 8 de octubre de 2024.
La Secretaria General de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales,
PD, Resolución de 25 de septiembre de 2023
(DOE n.º 189, de 2 de octubre),
La Directora General de Planificación,
Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias,
SILVIA TERESA TORRES PILES