Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024063382)
Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, que aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar costes de actividad tutoría módulo FCT, acciones formativas con certificados profesionales dirigidas a desempleados.
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NÚMERO 201
Martes 15 de octubre de 2024

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de la realización de prácticas profesionales no laborales en empresas”, de la sección 3.ª “Disposiciones aplicables al procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concesión
directa”, del CAPÍTULO IV “Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a
personas desempleadas”, de la Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a su financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 62, de 30 de marzo de 2023).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
1. La cuantía total prevista inicialmente para el período de vigencia de la presente convocatoria asciende a 900.000 €, con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto
20210292 "Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación trabajadores desempleados", con fuente de financiación de Transferencias del Estado y con la
siguiente distribución por aplicaciones y ejercicios presupuestarios:
Anualidad 2024: 450.000,00 €
Aplicaciones presupuestarias e importes:


140130000G/242B/46000TE2400800120210292:62.500,00 €



140130000G/242B/47000TE2400800120210292:325.000,00 €



140130000G/242B/48000TE2400800120210292:62.500,00 €

Anualidad 2025: 450.000,00 €
Aplicaciones presupuestarias e importes:


140130000G/242B/46000TE2400800120210292:62.500,00 €



140130000G/242B/47000TE2400800120210292:325.000,00 €



140130000G/242B/48000TE2400800120210292:62.500,00 €

2. La citada cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, en
los términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la publicación del correspondiente
anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad
Autónoma, así como en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura,
conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.