Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024063382)
Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, que aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar costes de actividad tutoría módulo FCT, acciones formativas con certificados profesionales dirigidas a desempleados.
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NÚMERO 201
Martes 15 de octubre de 2024

50990

EXTRACTO de la Resolución de 28 de septiembre de 2024, de la Secretaría
General, que aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas
a financiar costes de actividad tutoría módulo FCT, acciones formativas con
certificados profesionales dirigidas a desempleados. (2024063382)
BDNS(Identif.): 790157
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria de 2024 de las subvenciones destinadas a financiar los costes derivados de
la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, que haya
sido programado en las acciones formativas conducentes a certificados profesionales de la
oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras
desempleadas.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 77.1.a) de la Orden de 27 de marzo de 2023, podrán obtener la condición de personas beneficiarias los centros o entidades de formación,
que hayan ejecutado las acciones formativas conducentes a certificados profesionales a
las que se vincula el módulo de formación práctica en centros de trabajo, que hayan sido
financiadas con cargo a las convocatorias a que hace mención el resuelvo tercero de la
presente resolución y que reúnan los requisitos establecidos en la referida Orden de 27 de
marzo de 2023.
2. E
 n el caso de acciones formativas con compromiso de contratación, únicamente podrán
acceder a las subvenciones previstas en la presente resolución los centros y entidades de
formación que hayan sido beneficiarias de las subvenciones destinadas a financiar dichas
acciones formativas y no los centros y entidades de formación que, en su caso, hayan sido
subcontratados por las empresas o entidades beneficiarias a que hace mención el artículo
69.1.b) de la Orden de 27 de marzo de 2023 para ejecutar la actividad subvencionada.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la sección 1.ª “Disposiciones Generales”, y la subsección 2.ª “Subvenciones para financiar los costes derivados