Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Sentencias. Ejecución. (2024063288)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 261/2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz en el procedimiento n.º 485/2023, promovido por las empresas "ASAP Delivery Routes, SL, y Amazon Road Transport Spain, SL".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50358
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se
dispone la ejecución de la sentencia n.º 261/2024, dictada por el Juzgado de
lo Social n.º 5 de Badajoz en el procedimiento n.º 485/2023, promovido por
las empresas "ASAP Delivery Routes, SL, y Amazon Road Transport Spain,
SL". (2024063288)
ANTECEDENTE DE HECHO
Único. En el procedimiento de impugnación de actos de la administración dictados en materia
laboral, seguido ante el Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz, con n.º 485/2023, en el que
fueron acumuladas las demandas promovidas de un lado, por la mercantil “ASAP Delivery
Routes, SL, contra la Resolución de 29 de mayo de 2023, dictada por el Secretario General de
la Consejería de Educación y Empleo, por la que se impone la sanción de 7.000,00 euros, por
la comisión a la empresa de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 8.2, del
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones
y Sanciones en el Orden Social, y por otro lado la instada por la empresa “Amazon Road Transport Spain, SL” contra la Resolución de 27 de abril de 2023 dictada por el Secretario General
de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se impone la sanción de 30.000,00 euros
por la comisión a la empresa de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 8.2,
del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se dictó sentencia n.º 261/2024, de fecha 1 de marzo
de 2024, que ha devenido firme, y cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
“Estimo íntegramente las demandas origen de estas actuaciones judiciales. En su virtud:
Anulo y dejo sin efecto de clase alguna, por inexistencia de cesión ilegal de trabajadores
de una a la otra, las Resoluciones de la Junta de Extremadura (Consejería de Educación y
Empleo) que se mencionan en el cuerpo de esta Resolución judicial y que han sido impugnadas expresamente y en el actual proceso por ASAP Delivery Routes, SL y Amazon Road
Transport Spain, SL”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía
General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de
Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece que “1. Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los
casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
Lunes 14 de octubre de 2024
50358
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se
dispone la ejecución de la sentencia n.º 261/2024, dictada por el Juzgado de
lo Social n.º 5 de Badajoz en el procedimiento n.º 485/2023, promovido por
las empresas "ASAP Delivery Routes, SL, y Amazon Road Transport Spain,
SL". (2024063288)
ANTECEDENTE DE HECHO
Único. En el procedimiento de impugnación de actos de la administración dictados en materia
laboral, seguido ante el Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz, con n.º 485/2023, en el que
fueron acumuladas las demandas promovidas de un lado, por la mercantil “ASAP Delivery
Routes, SL, contra la Resolución de 29 de mayo de 2023, dictada por el Secretario General de
la Consejería de Educación y Empleo, por la que se impone la sanción de 7.000,00 euros, por
la comisión a la empresa de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 8.2, del
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones
y Sanciones en el Orden Social, y por otro lado la instada por la empresa “Amazon Road Transport Spain, SL” contra la Resolución de 27 de abril de 2023 dictada por el Secretario General
de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se impone la sanción de 30.000,00 euros
por la comisión a la empresa de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 8.2,
del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se dictó sentencia n.º 261/2024, de fecha 1 de marzo
de 2024, que ha devenido firme, y cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
“Estimo íntegramente las demandas origen de estas actuaciones judiciales. En su virtud:
Anulo y dejo sin efecto de clase alguna, por inexistencia de cesión ilegal de trabajadores
de una a la otra, las Resoluciones de la Junta de Extremadura (Consejería de Educación y
Empleo) que se mencionan en el cuerpo de esta Resolución judicial y que han sido impugnadas expresamente y en el actual proceso por ASAP Delivery Routes, SL y Amazon Road
Transport Spain, SL”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía
General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de
Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece que “1. Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los
casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.