Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063342)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvenciones, en el marco de la Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50089
— Los costes de adquisición de material fungible (reprografía, papelería, etc…).
— Gastos de alquiler y suministros que no deriven de la sede social, salvo que en ésta
se realicen las actuaciones del proyecto. En el supuesto de que las actuaciones se
lleven a cabo en la sede social de la entidad beneficiaria, el importe máximo a imputar como coste indirecto en el apartado de gastos de alquiler y suministros será de
un 5% del total del mismo, que en todo caso no podrá superar el 10% del coste del
proyecto subvencionado mencionado anteriormente.
— Gastos de publicidad y promoción de las actividades objeto del proyecto, como anuncios en prensa, cuñas radiofónicas, folletos, carteles…
— Gastos de seguro de responsabilidad civil asociados al proyecto.
d) Ponencias: Se recogerán en este apartado los gastos de ponentes estrictamente vinculados al desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto subvencionado. Se
entenderán como gastos de ponentes exclusivamente los de impartición de horas lectivas, tanto teóricas como prácticas. En todo caso, el importe máximo por ponente será el
establecido en la normativa vigente a fecha de la convocatoria que regule el baremo de
remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables a las acciones formativas organizadas por la Escuela de Administración Pública
de Extremadura. Las fracciones de hora se pagarán proporcionalmente. En la memoria
presentada en la justificación de la subvención concedida, se deberá aportar CV de los
ponentes que permita verificar los elementos indicados en la solicitud, en lo que se refiere a experiencia y/o conocimientos mínimos en la materia impartida y/o en igualdad.
e) O
tros gastos: Se incluirán en este apartado los gastos financieros, de asesoría jurídica o
financiera, gastos notariales y registrales y gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos siempre que estén relacionados
directamente con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada
preparación o ejecución de la misma.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
Se podrán compensar cualquiera de los conceptos que conforman las distintas partidas del
presupuesto hasta un máximo en su conjunto del 30% del importe total del presupuesto
aceptado. Cuando el proyecto presentado incluyera en su presupuesto alguno de los gastos
considerados como no subvencionables señalados, éstos no serán computados al objeto de
determinar el presupuesto aceptado que será tenido en cuenta para la determinación del
importe de la subvención que se recoja en la propuesta provisional de resolución.
Lunes 14 de octubre de 2024
50089
— Los costes de adquisición de material fungible (reprografía, papelería, etc…).
— Gastos de alquiler y suministros que no deriven de la sede social, salvo que en ésta
se realicen las actuaciones del proyecto. En el supuesto de que las actuaciones se
lleven a cabo en la sede social de la entidad beneficiaria, el importe máximo a imputar como coste indirecto en el apartado de gastos de alquiler y suministros será de
un 5% del total del mismo, que en todo caso no podrá superar el 10% del coste del
proyecto subvencionado mencionado anteriormente.
— Gastos de publicidad y promoción de las actividades objeto del proyecto, como anuncios en prensa, cuñas radiofónicas, folletos, carteles…
— Gastos de seguro de responsabilidad civil asociados al proyecto.
d) Ponencias: Se recogerán en este apartado los gastos de ponentes estrictamente vinculados al desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto subvencionado. Se
entenderán como gastos de ponentes exclusivamente los de impartición de horas lectivas, tanto teóricas como prácticas. En todo caso, el importe máximo por ponente será el
establecido en la normativa vigente a fecha de la convocatoria que regule el baremo de
remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables a las acciones formativas organizadas por la Escuela de Administración Pública
de Extremadura. Las fracciones de hora se pagarán proporcionalmente. En la memoria
presentada en la justificación de la subvención concedida, se deberá aportar CV de los
ponentes que permita verificar los elementos indicados en la solicitud, en lo que se refiere a experiencia y/o conocimientos mínimos en la materia impartida y/o en igualdad.
e) O
tros gastos: Se incluirán en este apartado los gastos financieros, de asesoría jurídica o
financiera, gastos notariales y registrales y gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos siempre que estén relacionados
directamente con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada
preparación o ejecución de la misma.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
Se podrán compensar cualquiera de los conceptos que conforman las distintas partidas del
presupuesto hasta un máximo en su conjunto del 30% del importe total del presupuesto
aceptado. Cuando el proyecto presentado incluyera en su presupuesto alguno de los gastos
considerados como no subvencionables señalados, éstos no serán computados al objeto de
determinar el presupuesto aceptado que será tenido en cuenta para la determinación del
importe de la subvención que se recoja en la propuesta provisional de resolución.