Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040187)
Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
102 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50013
— Identificación de tecnologías relevantes: Evaluar y seleccionar las tecnologías digitales
más adecuadas para las necesidades específicas de la empresa de acuerdo con su ámbito de negocio y sus objetivos.
— Seguridad y privacidad: Se deberá contemplar la seguridad de la información y la privacidad de los datos en todas las fases de transformación digital.
— Estrategia de implementación escalonada: El Plan contemplará la implantación de la
transformación digital en fases escalonadas y manejables.
— Evaluación continua y ajuste: Proceso de evaluación continua para medir el progreso,
recopilar retroalimentación y realizar ajustes según sea necesario.
— Planificación: Planificación de las actuaciones a llevar a cabo dentro del plan de acuerdo
con los objetivos.
— Memoria económica: El Plan deberá contener una memoria económica coherente con
los objetivos a lograr y la planificación temporal. En ella se deberán establecer las inversiones a realizar de forma global y desglosada por actuaciones. La memoria también
deberá realizar una estimación a largo plazo de los potenciales ahorros que se obtendría
de su implantación a largo plazo.
— Plan detallado de actuaciones: Detalle de las actuaciones a llevar a cabo para lograr
los objetivos fijados en el plan estratégico. Se definirá cada actuación considerando los
aspectos definidos con anterioridad (objetivos, indicadores, capacitación, seguridad y
privacidad, planificación, presupuesto, etc).
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Serán subvencionables las inversiones y gastos necesarios que estén relacionados directamente con las actuaciones subvencionables, según el artículo 31 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, en el artículo 83 del Reglamento de dicha ley, así como en el artículo 36
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En todo caso respecto a los costes subvencionables deberá cumplirse con lo establecido por
la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 y por el Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que
se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional,
Lunes 14 de octubre de 2024
50013
— Identificación de tecnologías relevantes: Evaluar y seleccionar las tecnologías digitales
más adecuadas para las necesidades específicas de la empresa de acuerdo con su ámbito de negocio y sus objetivos.
— Seguridad y privacidad: Se deberá contemplar la seguridad de la información y la privacidad de los datos en todas las fases de transformación digital.
— Estrategia de implementación escalonada: El Plan contemplará la implantación de la
transformación digital en fases escalonadas y manejables.
— Evaluación continua y ajuste: Proceso de evaluación continua para medir el progreso,
recopilar retroalimentación y realizar ajustes según sea necesario.
— Planificación: Planificación de las actuaciones a llevar a cabo dentro del plan de acuerdo
con los objetivos.
— Memoria económica: El Plan deberá contener una memoria económica coherente con
los objetivos a lograr y la planificación temporal. En ella se deberán establecer las inversiones a realizar de forma global y desglosada por actuaciones. La memoria también
deberá realizar una estimación a largo plazo de los potenciales ahorros que se obtendría
de su implantación a largo plazo.
— Plan detallado de actuaciones: Detalle de las actuaciones a llevar a cabo para lograr
los objetivos fijados en el plan estratégico. Se definirá cada actuación considerando los
aspectos definidos con anterioridad (objetivos, indicadores, capacitación, seguridad y
privacidad, planificación, presupuesto, etc).
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Serán subvencionables las inversiones y gastos necesarios que estén relacionados directamente con las actuaciones subvencionables, según el artículo 31 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, en el artículo 83 del Reglamento de dicha ley, así como en el artículo 36
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En todo caso respecto a los costes subvencionables deberá cumplirse con lo establecido por
la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 y por el Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que
se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional,