Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Punto único De Acceso. (2024063318)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Consejera, para la integración del Portal de Transparencia en el Punto Único de Acceso a la información de la Junta de Extremadura "Juntaex.es".
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49801

Lo anteriormente expuesto tiene su plasmación en nuestra Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura que recoge como objetivo, conforme a lo establecido en los
artículos 37 y 39 del Estatuto de Autonomía, la implantación de una nueva forma de relación
del Gobierno y la Administración pública con la ciudadanía basada en la transparencia y orientada al establecimiento del llamado gobierno abierto.
En su disposición adicional segunda la Ley de Gobierno Abierto dispone la creación de un Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana (la disposición adicional decimocuarta de la
Ley 4/2022, de 27 de julio, de Racionalización y Simplificación Administrativa de Extremadura
ha modificado la denominación del Portal de Transparencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así, ha pasado de denominarse Portal de Transparencia y Participación Ciudadana
a Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura).
De este modo el Portal será un punto de encuentro y de difusión, que muestra una nueva
forma de entender el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública y ello
es posible por las nuevas tecnologías que nos permiten hoy día desarrollar herramientas de
extraordinaria utilidad para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley cuyo uso permita
que, a través de un único punto de acceso, el ciudadano pueda obtener toda la información
disponible.
Más recientemente, la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, bajo su espíritu de incrementar la percepción social de cercanía de la
Administración, organismos y entidades vinculadas reconoce como derecho de las personas
el acceso a toda la información que generan mediante un punto único por diferentes canales,
así como el deber de garantizarlo por los órganos, servicios y unidades administrativas, cuyo
desarrollo se ha llevado a cabo a través del Decreto 7/2023, de 1 de febrero, por el que se
regula la puesta en marcha del Punto Único de Acceso a la Información por diferentes canales
de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y organismos públicos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, se entiende por portal de internet el punto de acceso electrónico
cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de
derecho público que permite el acceso a través de internet a la información y, en su caso, a
la sede electrónica o sede electrónica asociada correspondiente.
La Junta de Extremadura ha llevado a cabo a lo largo del 2023 la configuración de un nuevo
portal “Juntaex.es” con la finalidad de facilitar el acceso directo a la información de mayor
interés para la ciudadanía, a través de buscadores y accesos a los temas y subtemas.
Por todo ello, para asegurar el cumplimiento pleno con el marco jurídico en vigor, y siendo
prioritario disponer de servicios digitales fácilmente utilizables y accesibles, de modo que