Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Cartas De Servicios. (2024063270)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la actualización de la "Carta de Servicios del Diario Oficial de Extremadura" y se dispone su publicación.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49794

3.1. D
 isponibilidad de los servicios RSS antes de las 9:00 horas del día de la publicación
oficial del DOE.


— Indicador: porcentaje de días en que la información RSS está disponible en el plazo
comprometido.

3.2. C
 ontestar las quejas y sugerencias planteadas como mecanismo interno de participación ciudadana, a través del correo electrónico doe@juntaex.es o por escrito en un
plazo máximo de 2 días hábiles, en este último caso desde su recepción en el Servicio
encargado de la gestión del DOE a través del Registro de documentación.


— Indicador: porcentaje de quejas y sugerencias respondidas en plazo.

7. S
 eguimiento y control de los compromisos
Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos mediante
esta Carta, se llevará a cabo un control interno trimestral, cuyo resultado se expondrá semestralmente en el Portal Institucional de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.
es/) en el que está ubicada la Carta de Servicios, así como de las medidas correctoras que,
en su caso, haya que adoptar.
8. D
 erechos y participación de la ciudadanía.
8.1. Derechos de la ciudadanía.
Los derechos de los ciudadanos y ciudadanas en sus relaciones con la Administración se
encuentran recogidos en la Constitución Española y desarrollados en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en nuestra Administración Autonómica en la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura. En plena era digital la nueva Ley de Procedimiento
Administrativo habla de derechos de las personas que son titulares en sus relaciones con
las Administraciones Públicas de los siguientes derechos:
— A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General Electrónico.
— A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
— Al acceso a la información pública, archivos y registros.