Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063233)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) y Fundación Secretariado Gitano (FSG) de Extremadura para la formación en sensibilización del personal técnico de empleo y la redacción de un protocolo para una atención igualitaria a personas de etnia gitana.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49746
El ENCARGADO puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo
RESPONSABLE, de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE. En este caso, el RESPONSABLE identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder
a la comunicación.
4.5. Deber de secreto.
El ENCARGADO y todo su personal mantendrán el deber de secreto respecto a los datos
de carácter personal a los que hayan tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso
después de que finalice el mismo.
4.8. Compromisos de confidencialidad por escrito
El ENCARGADO garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se
comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir
las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
Si existe una obligación de confidencialidad estatutaria deberá quedar constancia expresa
de la naturaleza y extensión de esta obligación.
El ENCARGADO mantendrá a disposición del RESPONSABLE la documentación acreditativa
del cumplimiento de esta obligación.
4.9. Formación de las personas autorizadas.
El ENCARGADO garantizará la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
4.10. Asistencia en caso de ejercicio de derechos
El ENCARGADO asistirá al RESPONSABLE en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
a) Acceso, rectificación, supresión y oposición.
b) Limitación del tratamiento.
c) Portabilidad de datos.
d) A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de
perfiles).
Viernes 11 de octubre de 2024
49746
El ENCARGADO puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo
RESPONSABLE, de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE. En este caso, el RESPONSABLE identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder
a la comunicación.
4.5. Deber de secreto.
El ENCARGADO y todo su personal mantendrán el deber de secreto respecto a los datos
de carácter personal a los que hayan tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso
después de que finalice el mismo.
4.8. Compromisos de confidencialidad por escrito
El ENCARGADO garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se
comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir
las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
Si existe una obligación de confidencialidad estatutaria deberá quedar constancia expresa
de la naturaleza y extensión de esta obligación.
El ENCARGADO mantendrá a disposición del RESPONSABLE la documentación acreditativa
del cumplimiento de esta obligación.
4.9. Formación de las personas autorizadas.
El ENCARGADO garantizará la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
4.10. Asistencia en caso de ejercicio de derechos
El ENCARGADO asistirá al RESPONSABLE en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
a) Acceso, rectificación, supresión y oposición.
b) Limitación del tratamiento.
c) Portabilidad de datos.
d) A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de
perfiles).