Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063235)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Monesterio, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49775
6. D
erechos de los titulares de los datos. Se informará a todo el personal del Encargado
acerca del procedimiento, si procede, para atender los derechos de los interesados,
definiendo de forma clara los mecanismos por los que pueden ejercerse los mismos y
teniendo en cuenta lo siguiente:
6.1. L
os interesados podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar
que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar
la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito al Responsable, a través de direcciones especificadas.
6.2. A
simismo, podrán ponerse en contacto con los respectivos delegados de protección de datos en la dirección dpd@juntaex.es, o presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad competente.
6.3. L
a obligación de atender estos derechos corresponde al Responsable.
6.4. Si la petición la recibe el Encargado, en relación a los tratamientos por cuenta del
Responsable, éste tiene la obligación de comunicarle dicha solicitud en un periodo
inferior a 24 horas, acompañándola de la información pertinente de la que disponga.
6.5. E
l Responsable identificará las acciones que deben realizarse en base a la petición
de los interesados, que serán comunicadas al Encargado.
a. P
ara el derecho de acceso se procederá a facilitar al Responsable los datos de los
interesados que obren en su poder.
b. P
ara el derecho de rectificación se procederá a modificar los datos de los interesados que fueran inexactos o incompletos atendiendo a los fines del tratamiento.
c. Para el derecho de supresión se suprimirán los datos de los interesados cuando
estos manifiesten su negativa u oposición para el tratamiento de los mismos y no
exista base legal que lo impida.
6.6. V
iolaciones de seguridad de datos de carácter personal. Cuando se produzcan violaciones de seguridad de datos de carácter personal, como, por ejemplo, el robo
o acceso indebido a los mismos se notificará al Responsable de forma inmediata
acerca de tal circunstancia, incluyendo toda la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos. Asimismo, se apoyará al Responsable para realizar la
notificación de la violación de la seguridad a la Agencia Española de Protección de
Datos teniendo en cuenta la información a disposición del Encargado.
Viernes 11 de octubre de 2024
49775
6. D
erechos de los titulares de los datos. Se informará a todo el personal del Encargado
acerca del procedimiento, si procede, para atender los derechos de los interesados,
definiendo de forma clara los mecanismos por los que pueden ejercerse los mismos y
teniendo en cuenta lo siguiente:
6.1. L
os interesados podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar
que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar
la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito al Responsable, a través de direcciones especificadas.
6.2. A
simismo, podrán ponerse en contacto con los respectivos delegados de protección de datos en la dirección dpd@juntaex.es, o presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad competente.
6.3. L
a obligación de atender estos derechos corresponde al Responsable.
6.4. Si la petición la recibe el Encargado, en relación a los tratamientos por cuenta del
Responsable, éste tiene la obligación de comunicarle dicha solicitud en un periodo
inferior a 24 horas, acompañándola de la información pertinente de la que disponga.
6.5. E
l Responsable identificará las acciones que deben realizarse en base a la petición
de los interesados, que serán comunicadas al Encargado.
a. P
ara el derecho de acceso se procederá a facilitar al Responsable los datos de los
interesados que obren en su poder.
b. P
ara el derecho de rectificación se procederá a modificar los datos de los interesados que fueran inexactos o incompletos atendiendo a los fines del tratamiento.
c. Para el derecho de supresión se suprimirán los datos de los interesados cuando
estos manifiesten su negativa u oposición para el tratamiento de los mismos y no
exista base legal que lo impida.
6.6. V
iolaciones de seguridad de datos de carácter personal. Cuando se produzcan violaciones de seguridad de datos de carácter personal, como, por ejemplo, el robo
o acceso indebido a los mismos se notificará al Responsable de forma inmediata
acerca de tal circunstancia, incluyendo toda la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos. Asimismo, se apoyará al Responsable para realizar la
notificación de la violación de la seguridad a la Agencia Española de Protección de
Datos teniendo en cuenta la información a disposición del Encargado.