Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063234)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49755
Consejería de Salud y Servicios Sociales las competencias en materia de materia de sanidad,
dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales,
migraciones, prestaciones sociales y las de consumo.
Sexto. Que conforme lo establecido en la cláusula Decimoprimera del convenio, los términos
del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes durante su
vigencia o de las sucesivas prórrogas y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Séptimo. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre
las partes firmantes en el convenio y promover la cooperación y colaboración en el desarrollo y realización de estancias formativas y de prácticas para estudiantes de los ciclos de FP
del Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015 SL (en adelante
MEDAC), y al amparo de lo previsto en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y de la normativa específica tanto estatal como autonómica que resulte
de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de modificación de este Convenio de
Cooperación Educativa, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
La presente adenda tiene por objeto modificar el contenido del Convenio de Colaboración
entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio
Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga
2015 SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria firmado el 20 de abril de 2022 con el fin de adaptarlo a la normativa relativa a las cotizaciones a la
Seguridad Social de los alumnos en prácticas.
Segunda. Modificación de la cláusula “Octava. Seguros”.
Se añade, al contenido de la cláusula octava el siguiente párrafo:
“De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los estudiantes que realicen prácticas
formativas externas en el territorio español, ya sea en modalidad presencial u online,
quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como asimilados a trabajadores por
cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero del
2024, acordando las partes que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
con respecto a los estudiantes de Centro de Formación Profesional MEDAC, que realicen
prácticas formativas externas en centros dependientes de la Consejería, se ajustará, como
prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas:
Viernes 11 de octubre de 2024
49755
Consejería de Salud y Servicios Sociales las competencias en materia de materia de sanidad,
dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales,
migraciones, prestaciones sociales y las de consumo.
Sexto. Que conforme lo establecido en la cláusula Decimoprimera del convenio, los términos
del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes durante su
vigencia o de las sucesivas prórrogas y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Séptimo. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre
las partes firmantes en el convenio y promover la cooperación y colaboración en el desarrollo y realización de estancias formativas y de prácticas para estudiantes de los ciclos de FP
del Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015 SL (en adelante
MEDAC), y al amparo de lo previsto en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y de la normativa específica tanto estatal como autonómica que resulte
de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de modificación de este Convenio de
Cooperación Educativa, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
La presente adenda tiene por objeto modificar el contenido del Convenio de Colaboración
entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio
Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga
2015 SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria firmado el 20 de abril de 2022 con el fin de adaptarlo a la normativa relativa a las cotizaciones a la
Seguridad Social de los alumnos en prácticas.
Segunda. Modificación de la cláusula “Octava. Seguros”.
Se añade, al contenido de la cláusula octava el siguiente párrafo:
“De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los estudiantes que realicen prácticas
formativas externas en el territorio español, ya sea en modalidad presencial u online,
quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como asimilados a trabajadores por
cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero del
2024, acordando las partes que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
con respecto a los estudiantes de Centro de Formación Profesional MEDAC, que realicen
prácticas formativas externas en centros dependientes de la Consejería, se ajustará, como
prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas: