Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063259)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación y puesta en riego por goteo de 43 ha de olivar súper-intensivo, a ejecutar en el polígono 234 parcela 19, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA23/1016.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

Relación de consultados

49888

Respuestas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General de
Sostenibilidad

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Ayuntamiento de Badajoz

-

Servicio de Ordenación del Territorio. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del
Territorio

X

Servicio de Urbanismo. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio

X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

-

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Política Forestal

X

Servicio de Regadíos. Secretaría General de Población y Desarrollo Rural

-

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios. Dirección General de Política Forestal

X

A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos.
1. Con fecha 25 de octubre de 2023, el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe indicando que, en el término municipal
de Badajoz se encuentra actualmente vigente la revisión del Plan General Municipal y el
Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Badajoz aprobado definitivamente por
Resolución de 7 de noviembre de 2007, del Consejero, publicado en el DOE n.º 136, de 24
de noviembre de 2007. Por último, añade que en virtud de lo establecido en los artículos
143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al municipio de Badajoz realizar
el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de
control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las
normas de planeamiento y al resto de legislación aplicable.
2. Con fecha 31 de octubre de 2023, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que, a
efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se
detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio
de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre
ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación terri-