Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063255)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego en una superficie de 14,97 ha de viñedo, en el paraje El Bujo, polígono 95, parcelas 50 y 56, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1323.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024



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1.3. V
 ertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los
correspondientes retornos de riego.



1.4. E
 xistencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas
hídricas:

De acuerdo con lo indicado en el artículo 25.4 del TRLA, ese organismo de cuenca, estima que existirían recursos suficientes para llevar a cabo la actuación planteada y sería
compatible con el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica
del Guadiana (DHGn), aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16,
de 19/01/20216).
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de concesión n.º expediente 4220/2011.
2. E
 l día 7 de marzo de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural remite informe, el cual indica que no se ha recibido en esa DGBAPC por parte del equipo redactor del EsIA sobre los posibles valores patrimoniales existentes en
el área de afección del proyecto. El estudio no contiene ninguna valoración ni análisis
sobre el patrimonio cultural que pudiera verse afectado por la implantación. Dado lo
expuesto, el documento de evaluación de impacto ambiental ordinaria no identifica posibles impactos potenciales del proyecto ejecutado.
Asimismo, recomienda que, durante la fase de ejecución de las obras, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se tenga en
consideración como medida correctora, contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura:


— Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y
comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería
de Cultura.
De este modo, concluye informando que el estudio de impacto ambiental del proyecto
podrá reunir medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones
al patrimonio cultural, proponiendo al órgano ambiental que emita DIA favorable estrictamente condicionada a la asunción y puesta en marcha de las indicaciones y recomendaciones señaladas en su informe.

3. C
 on fecha 10 de marzo de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a Red