Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063222)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, cuya promotora es Desguaces Extremadura, CB, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez.
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024
49373
deberán cumplir los requisitos técnicos y de seguridad para su uso. Se dispondrá de viales
internos que permitan el acceso de vehículos.
13. E
n las operaciones posteriores a la descontaminación, se separarán las piezas y componentes que puedan ser reutilizados de los que deban reciclarse, comercializándose las
primeras de acuerdo con la normativa sobre seguridad industrial. Las piezas y componentes no reutilizables, se destinarán a su reciclado u otro tipo de valorización, mediante su
entrega a gestor de residuos autorizado a tal fin.
14. Ú
nicamente en el caso de que se prevea la reutilización del bloque motor completo, podrá
mantenerse éste lubricado, sin proceder, por tanto, a la extracción de los aceites en él
contenidos, aunque deberá almacenarse como un componente reutilizable de forma separada del resto del automóvil al final de su vida útil.
15. D
eberá controlarse las características de los residuos gestionado. Para ello se aplicará un
sistema de aseguramiento de la calidad que permitan preservar las características de los
residuos a valorizar, analizando los siguientes parámetros de los residuos valorizados:
cantidad, calidad, parámetros físicos y parámetros químicos. No se admitirá en el proceso
de valorización residuo alguno que contenga mercurio.
16. L
a compactadora de vehículos se ubicará sobre solera de hormigón, en una zona donde
no se produzca deterioro del firme, impermeable y resistente y con recogida de los fluidos
que se puedan generar. La propia compactadora/empaquetadora dispondrá de un sistema
de recogida de líquidos.
17. D
ada la alta probabilidad de generación de vertidos en las zonas de recepción de vehículos, zona de descontaminación y compactadora de vehículos, su pavimento deberá contar
con un tratamiento superficial adicional que impida su deterioro, asegurando la impermeabilidad, la durabilidad y que evite su deterioro.
18. E
n general, los residuos gestionados y generados deberán almacenarse previo a su gestión posterior, en almacenes con una capacidad adecuada donde cada uno de los residuos
deberán estar físicamente diferenciadas sobre suelos impermeables, con una infraestructura de drenaje adecuada, y en su caso con indicadores de nivel y sistemas adecuados
para evitar la generación de olores, conforme a lo establecido en la normativa de aplicación en cada momento.
19. T
ras la preparación de neumáticos para la reutilización procedentes de vehículos al final de
su vida útil, el titular, deberá justificar que ha enviado a gestor autorizado una cantidad
equivalente a la cantidad de neumáticos que ha preparado para la reutilización y comercializado como neumáticos de segunda mano en dicho ejercicio.
Jueves 10 de octubre de 2024
49373
deberán cumplir los requisitos técnicos y de seguridad para su uso. Se dispondrá de viales
internos que permitan el acceso de vehículos.
13. E
n las operaciones posteriores a la descontaminación, se separarán las piezas y componentes que puedan ser reutilizados de los que deban reciclarse, comercializándose las
primeras de acuerdo con la normativa sobre seguridad industrial. Las piezas y componentes no reutilizables, se destinarán a su reciclado u otro tipo de valorización, mediante su
entrega a gestor de residuos autorizado a tal fin.
14. Ú
nicamente en el caso de que se prevea la reutilización del bloque motor completo, podrá
mantenerse éste lubricado, sin proceder, por tanto, a la extracción de los aceites en él
contenidos, aunque deberá almacenarse como un componente reutilizable de forma separada del resto del automóvil al final de su vida útil.
15. D
eberá controlarse las características de los residuos gestionado. Para ello se aplicará un
sistema de aseguramiento de la calidad que permitan preservar las características de los
residuos a valorizar, analizando los siguientes parámetros de los residuos valorizados:
cantidad, calidad, parámetros físicos y parámetros químicos. No se admitirá en el proceso
de valorización residuo alguno que contenga mercurio.
16. L
a compactadora de vehículos se ubicará sobre solera de hormigón, en una zona donde
no se produzca deterioro del firme, impermeable y resistente y con recogida de los fluidos
que se puedan generar. La propia compactadora/empaquetadora dispondrá de un sistema
de recogida de líquidos.
17. D
ada la alta probabilidad de generación de vertidos en las zonas de recepción de vehículos, zona de descontaminación y compactadora de vehículos, su pavimento deberá contar
con un tratamiento superficial adicional que impida su deterioro, asegurando la impermeabilidad, la durabilidad y que evite su deterioro.
18. E
n general, los residuos gestionados y generados deberán almacenarse previo a su gestión posterior, en almacenes con una capacidad adecuada donde cada uno de los residuos
deberán estar físicamente diferenciadas sobre suelos impermeables, con una infraestructura de drenaje adecuada, y en su caso con indicadores de nivel y sistemas adecuados
para evitar la generación de olores, conforme a lo establecido en la normativa de aplicación en cada momento.
19. T
ras la preparación de neumáticos para la reutilización procedentes de vehículos al final de
su vida útil, el titular, deberá justificar que ha enviado a gestor autorizado una cantidad
equivalente a la cantidad de neumáticos que ha preparado para la reutilización y comercializado como neumáticos de segunda mano en dicho ejercicio.