Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Centros Docentes Públicos. Directores. (2024050160)
Orden de 19 de septiembre de 2024 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024
49114
6. La evaluación tendrá como referente las funciones que atribuye la normativa vigente a
quienes desempeñan tareas en la función pública docente y, en especial, en la dirección de
centros educativos; el desarrollo del proyecto de dirección y los documentos pedagógicos
de organización y funcionamiento elaborados en el propio centro.
7. Los ámbitos y dimensiones para la evaluación de la función directiva serán los que se determinan en el anexo II de la presente orden.
Artículo 4. Requisitos de participación.
Podrá participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en la
redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en centros docentes públicos
no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la dirección de un centro docente público dentro del plazo de solicitudes indicado en el artículo 5 y concluir su período natural de mandato de cuatro años en el curso
académico 2024/2025, habiendo sido nombrado mediante los procesos ordinarios de
selección o renovación convocados oficialmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) No estar inmerso en ningún expediente administrativo derivado del ejercicio de las funciones directivas.
Artículo 5. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para participar en este procedimiento se cumplimentarán exclusivamente
de forma electrónica a través de los trámites abiertos de la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela, accediendo mediante el nombre de usuario y contraseña de esta
plataforma. Puesto que la solicitud permanece abierta y accesible durante todo el plazo
de presentación, es posible guardar sucesivos cambios realizados sobre la misma, si bien
únicamente será tenida en cuenta como presentada aquella que haya sido enviada mediante la opción habilitada a tal efecto. Realizado el envío, el solicitante podrá descargar
una copia de la solicitud en formato PDF.
También y opcionalmente, además de la obligatoria cumplimentación electrónica a través
de Rayuela, las solicitudes se podrán presentar:
a. En las Delegaciones Provinciales de Educación de Badajoz, (Avda. de Europa, núm. 2), y
de Cáceres, (Avda. de Clara Campoamor, núm. 2- plta. 5ª), en la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la
Jueves 10 de octubre de 2024
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6. La evaluación tendrá como referente las funciones que atribuye la normativa vigente a
quienes desempeñan tareas en la función pública docente y, en especial, en la dirección de
centros educativos; el desarrollo del proyecto de dirección y los documentos pedagógicos
de organización y funcionamiento elaborados en el propio centro.
7. Los ámbitos y dimensiones para la evaluación de la función directiva serán los que se determinan en el anexo II de la presente orden.
Artículo 4. Requisitos de participación.
Podrá participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en la
redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en centros docentes públicos
no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la dirección de un centro docente público dentro del plazo de solicitudes indicado en el artículo 5 y concluir su período natural de mandato de cuatro años en el curso
académico 2024/2025, habiendo sido nombrado mediante los procesos ordinarios de
selección o renovación convocados oficialmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) No estar inmerso en ningún expediente administrativo derivado del ejercicio de las funciones directivas.
Artículo 5. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para participar en este procedimiento se cumplimentarán exclusivamente
de forma electrónica a través de los trámites abiertos de la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela, accediendo mediante el nombre de usuario y contraseña de esta
plataforma. Puesto que la solicitud permanece abierta y accesible durante todo el plazo
de presentación, es posible guardar sucesivos cambios realizados sobre la misma, si bien
únicamente será tenida en cuenta como presentada aquella que haya sido enviada mediante la opción habilitada a tal efecto. Realizado el envío, el solicitante podrá descargar
una copia de la solicitud en formato PDF.
También y opcionalmente, además de la obligatoria cumplimentación electrónica a través
de Rayuela, las solicitudes se podrán presentar:
a. En las Delegaciones Provinciales de Educación de Badajoz, (Avda. de Europa, núm. 2), y
de Cáceres, (Avda. de Clara Campoamor, núm. 2- plta. 5ª), en la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la