Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063179)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la cofinanciación de infraestructuras ICTS, para el año 2024.
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NÚMERO 197
48852
Miércoles 9 de octubre de 2024
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de
esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación,
información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas
en la correspondiente normativa. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Décimo primera. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación.
No obstante, y de conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo
dispuesto en los artículos 43 y 45 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024. Así mismo, le será de
aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula octava de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar
y a un solo efecto.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
de la Consejera
(DOE núm. 156, 14 de agosto)
Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional.
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
El Director General de la Fundación
COMPUTAEX,
JUAN ANTONIO RICO GALLEGO
48852
Miércoles 9 de octubre de 2024
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de
esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación,
información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas
en la correspondiente normativa. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Décimo primera. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación.
No obstante, y de conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo
dispuesto en los artículos 43 y 45 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024. Así mismo, le será de
aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula octava de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar
y a un solo efecto.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
de la Consejera
(DOE núm. 156, 14 de agosto)
Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional.
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
El Director General de la Fundación
COMPUTAEX,
JUAN ANTONIO RICO GALLEGO