Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063184)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024

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2. A
 simismo, se constituirá una Comisión para realizar el seguimiento de las actuaciones
del convenio y resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación
e interpretación de las cláusulas del mismo, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio.
Entre las funciones de la Comisión están:
— Velar por el cumplimiento del convenio.
— Adaptar o proponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de competencias
de cada una de las partes.
— Supervisar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades del personal de la OTUDTS
ante el posible ejercicio, de manera simultánea, de otra profesión o actividad.
— Resolver los problemas de interpretación que puedan surgir en el cumplimiento del convenio.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por tres personas designadas por la Consejería, que serán nombradas por la persona titular de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, correspondiendo a una de ellas la presidencia,
y tres personas designadas por la Mancomunidad que serán nombradas por la persona
titular que ostente la Presidencia, componiéndose en cualquier caso de la siguiente forma:
— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana o persona en quien delegue, que será su presidente/a y ejercerá el voto
de calidad.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Técnico de las OTUDTS.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Jurídico de las OTUDTS.
— La persona que ostente la Presidencia de la Mancomunidad o persona en quien delegue.
— La persona que ocupe la Gerencia de la Mancomunidad o persona en quien delegue.
— La persona que ocupe el cargo de arquitecto/a director/a de la OTUDTS.
La Secretaría de la Comisión la ejercerá una persona funcionaria de la Dirección General
de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, que asistirá a la misma con voz,
pero sin voto.