Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Red De Escuelas De I+d+i. (2024050163)
Orden de 2 de octubre de 2024 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 197

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Miércoles 9 de octubre de 2024

2. El reconocimiento de créditos de innovación educativa estará condicionado al cumplimiento
de los compromisos establecidos en la correspondiente convocatoria, al desarrollo satisfactorio de los grupos de trabajo, así como a la valoración de lo expuesto en el informe de
evaluación anual.
3. Los equipos directivos de los centros educativos adscritos a las Redes de Innovación y
Educación para el Desarrollo Sostenible asignarán a los responsables de la coordinación de
las modalidades de redes, una vez cubiertas las necesidades y en función de las disponibilidades horarias del conjunto de la plantilla, una hora semanal dentro del horario lectivo y
una hora complementaria.
Artículo 26. Gastos ocasionados.
1. La Administración educativa se hará cargo, en función de la disponibilidad presupuestaria,
de los gastos ocasionados por la organización de eventos y jornadas para el profesorado de
los centros integrantes en las distintas redes.
2. Las necesidades formativas y de material didáctico, si las hubiere, y siempre que estén
debidamente justificadas para el correcto desarrollo del proyecto, serán satisfechas por el
Centro de Profesores y de Recursos de referencia, en función de las modalidades de formación en las que participen los centros docentes, y su disponibilidad presupuestaria.
Disposición final única. Eficacia y recursos.
1. La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura https://doe.juntaex.es
2. C
 ontra la presente orden, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura. Podrá también interponerse directamente, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 2 de octubre de 2024.
La Consejera de Educación Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO