Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024063224)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvención a Don Juan Gila Boraita al amparo de lo previsto en la Resolución de 22 de abril de 2024 por la que se convocan ayudas a artistas visuales para el año 2024.
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NÚMERO 196
48559
Martes 8 de octubre de 2024
Ley 6/2011, de 23 de marzo. Igualmente, dentro de los quince días siguientes al de notificación o publicación de dicha concesión, deberá publicarse la misma en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, indicando la relación de las personas beneficiarias, el importe
de las ayudas, y la identificación de la normativa reguladora. Asimismo, y en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, se dará publicidad de la concesión en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante esta Secretaría General o ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
a aquel en que tenga lugar la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de
que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
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Martes 8 de octubre de 2024
Ley 6/2011, de 23 de marzo. Igualmente, dentro de los quince días siguientes al de notificación o publicación de dicha concesión, deberá publicarse la misma en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, indicando la relación de las personas beneficiarias, el importe
de las ayudas, y la identificación de la normativa reguladora. Asimismo, y en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, se dará publicidad de la concesión en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante esta Secretaría General o ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
a aquel en que tenga lugar la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de
que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
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